Estoy en Barcelona y estoy en proceso de separación con el piso a nombre de mi esposo.

El me da la opción de darme una paga por 6 meses y no se si puedo pedir algo por el piso ya que he trabajado y he colaborado al pago de la hipoteca. Me gustaría saber que puedo pedir en esta situación ya que él siempre ponía alguna excusa al incluirme como titular del piso, y la verdad, estoy muy perdida en estos casos ya que es la primera vez.

Por adelantado a quien me pueda orientar, le extiendo mi agradecimiento.

2 respuestas

Respuesta
1

Si Ud, esta incluida en la escritura del piso Ud tendrá parte del piso, y en cualquier caso puede solicitar la venta del mismo. Aún así si Ud ha ido pagando la hipoteca y los gastos puede solicitar una indemnización. Aunque carezco de información y documentación necesaria para darle un asesoramiento concreto, con la información facilitada en este post no le puedo decir si tiene derecho o no a percibir una pensión o una indemnización.

Espero que le haya ayudado. Si tiene cualquier duda puede
contactar conmigo en el 610.941.077 o en [email protected]. Actúo
en Barcelona, y en todo el territorio español.



Ruego
Finalice la pregunta, y se ponga en contacto conmigo. Recuerde que esto
no es un asesoramiento ya que carezco de documentación, argumentos y
hechos para realizar un asesoramiento dentro del marco legal



Reciba un cordial saludo.


Marc.
Abogado

Muchas gracias señor Marc por contestarme, y por el número de telf, lo llamaré.

Pero no me queda claro si NO estando yo incluida en la escritura, estoy en situación contenciosa de pedir algo, porque amistosamente, no se si él me engaña pagándome una paga de 300€ por 6 meses y algún que otro mueble.

GRACIAS

Puede pedir una indemnización ya que Ud ha pagado el piso, o parte de él y no lo disfrutará. En cualquier caso, si Ud ha pagado parte del piso igual que su pareja, y lo ha disfrutado igual que él podría pedir que se le reembolsara una parte de dicho importe que Ud ha pagado, pero todo entero lo veo complicado ya que mientras Ud ha pagado ha disfrutado del piso.

Espero haberla ayudado, y para cualquier duda, contacte conmigo.

Un cordial saludo

Att. Marc

Abogado

Respuesta
1

Si usted ha estado casada en régimen de gananciales, le corresponde una parte del piso por el tiempo que lo hayan pagado durante el matrimonio.

Si está casada en régimen de separación de bienes no le corresponde propiedad del piso, pero sí puede solicitar alguna indemnización como compensación por el perjuicio económico del divorcio. Esta compensación irá en relación a sus ingresos y los de él así como a su edad y el tiempo de matrimonio.

Muchísimas gracias por contestar. Aquí en Cataluña creo que es régimen de separación de bienes, y entiendo su respuesta, que seria mejor llegar a un acuerdo amistoso y no contencioso, verdad?

Me han pasado un enlace en el que explican que hay un artículo 232-5 del Codi civil Catalunya que modifica algo.

Es este: http://www.legaltoday.com/practica-juridica/civil/civil/cataluna-tiene-ahora-un-regimen-de-participacion-encubierto-en-vez-de-separacion-de-bienes

Lo lamento pero desconozco la legislación foral catalana, ya que trabajamos desde Andalucía. Quizás pueda consultar a un experto de su comunidad

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