En caso de divorcio

Hola, antes de nada agradecerte tu atención. Es muy buena la labor que realizáis.

Quería hacerte una consulta a ver si me puedes ayudar. Estoy casada y acabamos de tener un bebe. Quiero abrirle una cuenta para ir ingresandole dinero al bebe para su futuro, pero las cosas entre mi marido y yo no están bien y quiero saber si abro la cuenta a nombre mio y del bebe, en caso de separación o divorcio, como se repartiría ese dinero. Quiero saber también si hay alguna forma de que ese dinero pertenezca al bebe también y no entre dentro de los bienes gananciales.

Por otro lado, abriendo la cuenta a nombre del bebe y de su abuela, ese dinero, entraría dentro del reparto también?

Muchas gracias!

Saludos.

Macarena

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La solución se presenta más sencilla de lo que parece.

Si su intención y la de su su abuela es ingresar al menor cantidades periódicamente, basta con abrirle una cuenta a plazo fijo, él como único titular que será la que más le rente, aunque cuando vea el interés que le dan, se disipará lo del rendimiento. Dicha cuenta, solo podrá disponer de ella su hijo cuando sea mayor de edad y para ello han de transcurrir 18 años, con eso evita que nadie pueda disponer de los fondos allí existentes, ni usted siquiera, ya que se le permite ingresar pero no reintegrar.

Yo particularmente, y sin conocer el montante de las cantidades que piensan poner a nombre del niño, le aconsejaría más Letras del Tesoro a 18 meses, reinvertibles a otro tanto así como los intereses. Es lo más fiable, se lo aseguro, son valores de 1.000€ que se adquieren a un precio inferior pero que se devuelven al nominal y están garantizados por el Estado Español, no por el partido político que se encuentre en el Gobierno.

http://www.tesoro.es/sp/deuda/valores/vls_letras.asp

Basta con crear la cuenta y ordenar al banco, de forma escrita su deseo de suscribir dichos valores y que todos los intereses líquidos que se produzcan o al finalizar el plazo, se vuelvan automáticamente a adquirir nuevas Letras del Tesoro, siempre a nombre de su hijo en la cuenta corriente cerrada hasta su mayoría de edad como le señalé.

No le aconsejo en ningún caso que la cuenta se comparta con nadie porque no le reporta ningún beneficio, sino perjuicios, porque si la pone con su abuela, cuando ella fallezca hay que liquidar la misma e integrarla a la herencia, porque lógicamente el niño no puede acreditar que ese dinero lo ha aportado él.

Ruego cierre y valore

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