¿Pueden embargar la vivienda, si soy ajeno a la deuda y debe pagarla mi ex cónyuge?

Después de mucho meditar, no he encontrado solución a este problema y es por lo que me he visto obligado a recurrir a uds.en busca de unas respuestas que nos aporten esperanzas a mi hija y a mí.
Existe una sentencia de separación matrimonial desde el año 2001, en la cual se le adjudica a mi ex - esposa la ocupación de la vivienda familiar (el piso fue adquirido en matrimonio y en régimen de gananciales en la Comunidad Autónoma de Galicia), al mismo tiempo se le asignó la custodia de la hija menor de 13 años.
La custodia de la hija mayor me ha sido asignada y estoy obligado a pasar una pensión alimenticia a mi hija la menor y una pensión compensatoria a favor de mi ex -cónyuge.
El piso está todavía hipotecado (nos faltaban 3 años para cancelarla) y en la sentencia no hace mención de a quien le corresponde el pago mensual de esta hipoteca; aunque la abogada que me tramitó la separación me comentó que los gastos que acarrease la vivienda (Comunidad, agua, etc.) serian a cargo del cónyuge al cual se le asignase la ocupación de la vivienda.
La gran sorpresa la recibí hace unos días cuando me enteré que mi ex - cónyuge desde que ocupó la vivienda por Sentencia hace 18 meses (anteriormente la había abandonado, quedando las dos hijas conmigo, durante un año y medio) no abonó ni un céntimo de la hipoteca. Estoy realmente preocupado por la posibilidad de que la vivienda pueda ser embargada.
Les estaría sumamente agradecido si pudiesen aclararme estas dudas:
.- ¿Pueden embargar la vivienda, si soy ajeno a la deuda?
.- ¿Estaría yo obligado al pago de la mitad de la hipoteca?
.- ¿Tendría qué ponerlo en conocimiento del Juez, entidad bancaria y Registro de la Propiedad?
.- ¿Por dónde tendría que empezar?
Gracias anticipadas de un padre desesperado - Galicia
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Sí, pueden embargarte la vivienda, porque tú no eres ajeno a la deuda. Eres el obligado principal. Además la hipoteca grava el inmueble, no a la persona del titular.
Lamentablemente tengo que decirte que estas obligado al pago del total del crédito. Luego podrás reclamar a tu ex esposa la devolución del 50%. Lo que ocurre es que el acreedor hipotecario es un tercero ajeno a la relación entre tú y tu esposa. Tienes que dirigirte al Banco y tratar de necociar el pago del saldo del precio. Lo importante es tratar de salvar la vivienda ahora, y luego verás cómo puedes recuperar tu dinero (50%) Quedo a tu disposición por cualquier duda. Un abrazo. Elsa Parodi

2 respuestas más de otros expertos

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Lamento mucho no poder ocntestar a sus preguntas, puesto que si bien nuestra experiencia nos hace prever que las respuestas no son demasiado optimistas, debemos ser muy cautelosos con este tipo de asesoramiento y aconsejarle que las traslade a su abogado, pues es este el profesional que debería de responderselas asumiendo la responsabilidad de las mismas.
NO obstante, debo de reconocerle que es un hecho evidente que los padres separados están altamente desprotegidos ante la ley en este nuestro país.
Un abrazo y suerte.
Me han dicho una gran verdad con respecto a la desprotección ante la ley. No obstante las previsiones que uds. tienen sobre las respuestas, ¿podrían adelantármelas aun que no tengan peso jurídico? Muy agradecido.
Lo siento, no puedo usurpar las funciones de un abogado.
Lo lamento.
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Desgraciadamente SI a todas las preguntas.
Ponerlo en conocimiento del Juez no serviría de nada, ya que nada se dice en la sentencia, cada uno debe pagar su parte.
Si se ve en la necesidada de pagarla toda (la hipoteca) en el momento en que se liquide podrá reclamar las cantidades que ha pagado por su ex.

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