Custodia compartida del hijo y desgravación en la declaración a Hacienda. ¿Beneficios míos?

Me he decidido a escribir porque no sé bien que hacer. Hace dos años que me separé y me quedé yo con la custodia de mi hijo, ahora tiene 15 años, pero tiene una discapacidad psíquica del 86%
Ahora nos vamos a divorciar y su padre dice que cambiemos la custodia a compartida porque así él podrá desgravar en la declaración a Hacienda. Yo le comento que si acepto como hará para atender al niño cuando él se va a trabajar (se va a las 5.30 am) y me dice que seguirá conmigo, que la custodia compartida será que yo le tendré por las mañanas y por las noches y él por las tardes. Yo quisiera saber si esto se puede hacer.
¿Y si yo acepto que ventajas puedo conseguir yo? Soy auxiliar de enfermería y renuncié a trabajar en hospitales, en residencias de ancianos para atender yo personalmente a mi hijo hasta que acude al colegio a las 10 de la mañana y como consecuencia de eso yo apenas tengo ingresos, ¿y si acepto la custodia compartida que pasará con la pensión que le quedará a mi hijo al cumplir 18 años? COmo digo yo apenas tengo ingresos, y no me quejo de ello pues yo lo decidí así para atender a mi niño, pero lo que me da miedo es si acepto a compartir la custodia si antes o después saldré perdiendo y mi ex saldrá ganando pues él se beneficiará todos los meses con una bajada del irpf y además conseguirá que su declaración de la renta sea a devolver...
¿Y yo que conseguiré?
Perdón por la extensión pero es que necesito que me

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La Custodia Compartida puede efectuarse del modo en que los padres estimen oportuno, siempre y cuando se cubren efectivamente las necesidades del menor por parte de AMBOS. Esto es, si el padre quiere únicamente la custodia compartida para desgravar a Hacienda, no creo que esté mostrando, con ello, mucho interés en atender las necesidades de su hijo.
Si decidís que el padre atienda por las tardes a vuestro hijo y tú por las mañanas y las noches, no hay ningún problema en hacer esto. Lo que yo os recomendaría es acudir a mediación familiar para consensuar el mejor acuerdo que garantice la defensa del mejor interés de vuestro hijo. Un/a mediador/a nunca va a permitir la firma de un acuerdo en el que una de las partes se quede sin ingreso alguno o desprotegida económicamente, ya no por la propia persona en dicha situación, si no por el hijo. Tu hijo debe ver cubiertas, también sus necesidades económicas.
Consensuad bien ese acuerdo. Podéis acordar el horario que mejor os vaya para poder atender de la forma más satisfactoria al menor, pero contemplad en dicho acuerdo el tema económico. Si tu hijo tiene una discapacidad del 86% es muy probable que necesita seguir recibiendo una pensión, por ejemplo, después de haber cumplido los 18 años.
Lo que acordéis deberá ser cumplido y el Juez no pondrá impedimento alguno ni reparo si, como reitero, se atienden las necesidades de vuestro hijo. La custodia compartida es una buena forma de que el niño pase el máximo tiempo posible con sus padres (los dos), pero no debe tratarse de una estrategia para obtener ventajas fiscales...

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