Cobro de comisiones después de 15 años

Hace 15 años retiré los fondos que tenia en una cuenta corriente de una caja de ahorros pero olvidé cerrar y liquidar la cuenta, ahora después de tantos años recibo la llamada de una entidad que se dedica a cobrar estas deudas reclamándome mas de 1600€ en concepto de mantenimiento. Yo soy una persona que actualmente solo percibo 340€ de una pensión no contributiva (por enfermedad crónica) y me es imposible del todo hacer frente a este problema. ¿Existe un plazo de prescripción de una deuda como esta? ¿En caso negativo, y siéndome imposible hacer frente a esta deuda no pasa a incobrables, no se anula nunca?

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Cuando usted dice hace 15 años ¿exactamente en qué fecha fue?

Es un dato vital para ver si ha prescrito o no la supuesta deuda.

...pues concretamente no son 15 años son 17 años...desde 1995. Cuando les respondí que esto tiene que estar prescrito me respondieron que las deudas nunca prescriben..

Acuda a la entidad bancaria y solicite por escrito:

Al amparo del apartado séptimo. Uno de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de fecha 12 de diciembre de 1989, sobre tipos de interés y comisiones, normas de actuación, información a clientes y publicidad de las entidades de crédito, que se le entregue copia del correspondiente ejemplar del documento contractual en que se formalizó en su día, la operación de apertura de cuenta corriente número XXXXXXXXX, suscrito, además de por el cliente, por persona con poder para obligar a la entidad.

En el encabezado del escrito ha de consignar sus datos personales, domicilio y el número de la cuenta corriente que tiene en esa entidad y a continuación, transcribir todo lo que le he señalado, firmando el mismo.

Lleve dos ejemplares, uno se lo han de devolver firmado y sellado por el banco. El documento requerido servirá para verificar si efectivamente los cargos realizados fueron aceptados por usted o no, porque la norma tercera de la Orden antedicha dispone que las comisiones deben responder a servicios efectivamente prestados o gastos habidos y que éstos se hayan aceptado previamente.

El documento que le entreguen servirá como elemento probatorio de la irregularidad en la posible reclamación.

Ruego cierre y valore

disculpe pero no me queda claro para que solicitar este documento, supongo que cuando abrí la cuenta y firmé, acepté que me cobrasen el mantenimiento de la cuenta, que es lo que se me reclama ahora por todos estos años. Me dice usted que verifique que en el contrato de apertura aparezca reflejado que acepto el pago por mantenimiento, por si me lo quisiesen cobrar sin aparecer reflejado en dicho contrato? ¿entonces he de suponer que esta deuda no tiene ningún plazo de prescripción? gracias de nuevo por todo.

Creo que le he indicado el porqué de la solicitud del documento. Primero habrá que tener la certeza de que dichos intereses están pactados y que usted los admitió y posteriormente ya entraremos en el asunto de la prescripción. Si no hay contrato no hay intereses.

Ruego cierre y valore

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