Contrato de cuenta bancaria y la cuenta bancaria

¿Se puede transformar una cuenta indistinta en mancomunada si todos los cotitulares lo piden? ¿Se puede cancelar el contrato de cuenta bancaria y dar de baja la cuenta de varios titulares, a petición de un cotitular? ¿Es obligatorio que se firme un documento de cancelación?

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Resuelvo sus dudas:
¿Se puede transformar una cuenta indistinta en mancomunada si todos los cotitulares lo piden?
Para pasar la cuenta de indistinta a mancomundaa basta con acudir a la entidad todos los titulares, solicitarlo y firmarlo.
¿Se puede cancelar el contrato de cuenta bancaria y dar de baja la cuenta de varios titulares, a petición de un cotitular?
Si, un cotitular puede cancelar una cuenta sin problemas pero lo habitual es que firmen todos los titulares la cancelación; para dar de baja a algún titular, además de no ser una buena práctica para evitar problemas fiscales, también debe firmar el titular que se extingue.
¿Es obligatorio que se firme un documento de cancelación?
Si, toda modificación debe quedar reflejada mediante contrato y firma.
Muchas gracias!
Así hemos hecho en 2007, a disolverse la comunidad de bienes, hemos pedido que se manocumune la cuenta indistinta. El problema es que ahora el banco Santander dice que no se mancomuno la cuenta entonces porque "el sistema no lo permite".
Había entendido que no se puede cancelar un contrato de cuenta bancaria con varios titulares sin tener que firmar los mismos que firmaron a la apertura. Al final es un contrato lo que se cancela. La cotitular cancelo la cuenta para perjudicarme. El banco lo considera un acto legal. Yo no. he pedido que se reaperture la cuenta. El banco Santander se niega porque "el sistema no lo permite". ¿Cabe denunciar al banco?
El banco se niega facilitar copia del documento que la cotitular firmo a cancelar el contrato y dar de baja la cuenta. Motiva que no hay documento, que ha sido una simple operación telemática.
Cualquier entidad financiera debe conservar toda la documentación contractual 10 años justos hacia atrás por lo que si es así puede reclamar dicho documento perfectamente y si no le atieneden hacer una queja a atención al cliente.
La entidad tiene potestad legal de cancelar una cuenta con saldo 0 o negativo después de como mínimo 4 años sin movimientos y a su criterio, no sé si fue este el caso.
Lo que no es posible es volverá a aperturar la misma cuenta, debería ser otra y con al firma de los mismos titulares...
¿Podría valorar la respuesta?
La cuenta tuvo movimientos incluso en el día cuando fue cancelada.
Si existen 2 titulares y el régimen de firma es indistinto, cualquier titular puede cancealr la cuenta.
Insisto en que cualquier titular tienel 10 años justos hacia atrás para pedir documetació, por lo que puede reclamar dicho documento perfectamente y si no le atieeden hacer una queja a atención al cliente.
He consultado documentación respecto a cancelación. Resulta que a aperturar la cuenta indistinta se firmo un contrato, en este caso con tres intervinientes: dos cotititulares y el apoderado en nombre del banco. Como cualquier contrato se puede cancelar legalmente solo con el consentimiento y la firma de todos los intervinientes. Solo tras esta cancelación se da de baja la cuenta. En cuanto la documentación, el servicio de atención al cliente del banco Santander, motiva que la cancelación es una simple operación telemática, hecha por la empleada del banco y que no hay documento de cancelación. Ademas la cuenta indistinta se había transformado en mancomunada un año atrás, antes de su cancelación, a petición de ambos cotitulares.
Si la cuenta cuinado se cancelo tenia firma mancomunada representa que tuvo que haber la firma de los 2 titulares para cancelarla.
Lo de atención al cliente para mi modo de ver no es una respuesta aceptable. Si es una operación telemática pero si no quedase resguardo con las firmas de los titulares, ¿se imagina que podría pasar?
Yo mañana llegaría al banco y empezaría a cancelar cuentas y cuando me pidan papeles me excusaría diciendo que no queda papel porque el sistema informático no lo da...
Creo que me he explicado y les tiene que hacer ver que no le vale esa contestación además de que un titular tienel 10 años justos hacia atrás para pedir documetació, por lo que puede reclamar dicho documento perfectamente
Espero haberle ayudado
Un saludo

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