Cancelación de un depósito por fallecimiento.
¿Se puede cancelar un depósito si el titular ha fallecido? En las condiciones particulares de este depósito pone que no se puede cancelar por lo que no habla de penalización y sólo se podrá disponer del dinero en unas fechas previstas.
¿A quién se podría recurrir si la asesoría jurídica de la entidad bancaria estima que no se puede cancelar? ¿Se podría recurrir a algún estamento o al Banco de España para solicitar su cancelación?
¿A quién se podría recurrir si la asesoría jurídica de la entidad bancaria estima que no se puede cancelar? ¿Se podría recurrir a algún estamento o al Banco de España para solicitar su cancelación?
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Respuesta de fuyola
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