Extorno de seguros

He contratado una hipoteca con el BSCH a 25 años en la provincia de Madrid. Al realizar la hipoteca me obligaron a contratar un seguro de protección de prestamos con ellos, el cual debía de ser de prima única(pagándolo todo de una vez). El asesor de la hipoteca que me atendió me dijo que en el caso de que realizara una subrogación con otro banco, dicho seguro se podría anular, y me devolverían la parte de la prima que no había disfrutado, llamado extorno, y que esto es así por ley en España. Yo revisé el contrato del seguro, y no figuraba nada al respecto, ni siquiera a la posibilidad de darse de baja del seguro de forma voluntaria. El pago de dicha prima ya se ha realizado, ya que me la cargaron hace unos meses en la cuenta bancaria. A mi no me interesa dicho seguro, porque me parece carísimo, y me gustaría saber si es posible anularlo, y por supuesto, que me devuelvan dicha cantidad de la prima (extorno) que no he disfrutado del mismo. ¿Puedo darme de baja del seguro percibiendo el extorno del seguro? ¿Qué pasos debo realizar para concluir dicha baja y recibir la parte de prima no disfrutada? ¿Solamente puedo realizar esta operación si me subrogo a otra entidad financiera, o puedo continuar con la actual hipoteca? ¿Qué % de prima me devolverían si solo llevo 1 año de hipoteca?

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Precisamente a mi me paso lo mismo con otro banco y si te soy sincero launica opción tras remover la tierra y el cielo fue aguantar al año siguiente y cancelar dicho seguro alegando que lo tenia con otra entidad aseguradora cosa que no es así pero bueno.
Creo que los recibos solo se pueden devolver si ha pasado menos de 30 días así que si no es este el caso difícilmente te devolverán nada.
Otra cosa que te recomiendo es que hables con la organización de consumidores de tu ayuntamiento y que te informen si hay más casos como el tuyo dado que la union hace la fuerza y ya se sabe que los bancos son muy poderosos.
Así que resumiendo cancela elrecibo del año que te venga y diles que lotienes enotro lado.
Porque esodelextorno si no consta en contrato olvidate de cobrar ni partes proporcionales ni nada!
Bueno espero haberte ayudado
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Gracias por tu información.
Hay una cosa que creo que no has comprendido, y es que yo no lo tengo por anualidades, que el año que viene no me va a venir otro recibo, sino que ya he pagado todos los recibos de todos los años del seguro.
Cuando realize la solicitud del seguro, que es el único papel que he firmado al respecto, era una solicitud, y en el reverso ponía una clausula que cuando me entregaran la notificación del seguro, el seguro en sí con mis datos, yo disponía de unos días para resolver el contrato si no estaba de acuerdo con el mismo. Cuando me ha llegado ( 6 meses después) lo he notificado por carta certificada la solicitud de resolver el seguro, pero cuando les he preguntado si ya está resuelto me han dicho que desconocen esta clausula y que esos días que dispongo para resolver el seguro son los días que hay hasta que firmo el préstamo, y que cuentan a partir de cuando firmo la solicitud, y no desde cuando pone en la clausula que le he comentado. Como ha dicho, es una compañía grande, y no se que hacer para que me hagan caso. Si les pongo una denuncia y tengo que coger un abogado, temo que el coste del abogado sea mayor que lo que me repercuta si gano el juicio. ¿Qué me puede decir al respecto?
Un saludo y gracias de nuevo
La verdad esto difiere de lo que yo tenia contratado con mi banco, eso que te cobren ese seguro depor vida ( hasta que finalice el pago de la hipoteca ) no lo había visto nunca!
Ademas te comento que no existe ninguna ley porla cualtu tengas que hacerte ese seguro y sino que te la enseñen, lo que pasa es que ellos te lo recomiendan o te extorsionan para que sea más fácil el conseguir la hipoteca..
Como te he dicho antes si llamas alayuntamiento y que te pasen con la sección deconsumidores, normalmente hay abogados gratuitos los cuales les puedes exponer tu cuestión y a ver si te pueden ayudar, pero te dicgo que es difícil que te devuelvan la cantidad ya pagada
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