Despido por cierre

Hola Buenos días,
Trabajamos en un restaurante que esta a punto de cerrar, en nuestro contrato indefinido especifica que el tiempo de preaviso para renunciar o para que nos despidan tiene que ser de un mes pero ahora la encargada nos dice que la empresa no tiene la obligación de avisarnos un mes antes si cierra por quiebra, ¿es esto cierto?
Muchas gracias por su ayuda.

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El problema de un cierre por quiebra, no es del empresario si no del administrador concursal, que es quien lo solicita. El mayor problema es el de la indemnización que será menor que la que percibiría en caso de un despido improcedente. No obstante la legislación concursal les da el privilegio de crédito preferente en relación con los demás acreedores, serán los primeros en cobrar.
Asegúrese de que la empresa está en quiebra...
¿Pero nos tiene que dar un mes de preaviso o no esta obligado en esta situación?
Gracias
Obligados puede ser, pero en la práctia lo pueden hacer. Le pagan esos días y listo.

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