Tarjeta de crédito robada y problemas...

Paso directamente a contaros para no enrollarme...
Recientemente ha fallecido mi padre, 1 mes y medio después le robaron el bolso a mi madre que contenía la cartera de mi padre (la llevaba de recuerdo) con su documentación y una tarjeta, mi madre denunció el robo de sus cosas (documentación y tarjetas) pero ignoraba que en la cartera de mi padre había una tarjeta y mucho menos que dentro de la cartera mi padre llevaba escrito el número pin!... (mal hecho por parte de mi padre si, lo sabemos... Pero en fin, supongo que son cosas de las personas mayores).
Total que nos llegaron dos cartas de 900 y 600 euros respectivamente de pagos y reintegros de cajeros que se habían hecho con esa tarjeta días después del robo...
Evidentemente inmediatamente después del fallecimiento nos pusimos a tramitar el tema de herederos y demás papeleos, con la consiguiente visita a éste y a otros bancos... Por los tanto ésta sucursal estaba avisada mucho antes del robo de la tarjeta.
Al principio la sucursal se echaba las culpas por no haber dado de baja a mi padre a tiempo, pero su gabinete jurídico, que son los que estudian el caso, dicen que no!, que nos pagan 200 o 300 € de pagos realizados con la tarjeta pero que los reintegros de los cajeros es culpa nuestra por no tener cuidado del número de la tarjeta...
Y yo pregunto: antes de que ocurriese todo esto, ¿no debería el banco haber dado de baja a mi padre como cliente de la cuenta y de las tarjetas cuando falleció?
Tuvieron a mi padre vivo en sus ordenadores 4 meses!
Como comprenderéis mi familia y yo tenemos un buen cabreo, no están las cosas como para andar regalando dinero...
Todo esto tiene alguna solución... ¿qué podemos hacer?... ¿De quién es la culpa?

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El Fundamento de Derecho 9º de la histórica Sentencia del Tribunal Supremo 792/2009, de fecha 16.12.2009 en sus pags. 17 a 26, anulan las cláusulas abusivas respecto de las tarjetas de crédito. Le adjunto el enlace de la referida resolución judicial, por la que se anularon esa y otras muchas disposiones bancarias por causar indefensión a los ciudadanos.
http://www.icava.org/observatorio/obsjc43.pdf
Con esa disposición a la vista, creo que deberían contratar los servicios de un Abogado para que iniciara las acciones legales en defensa de sus derechos que como usted afirma han sido atropellados.
Ruego cierre la pregunta y valore

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