Deducción por gastos de defensa jurídica.

El 31/12/2012 fui despedido.

Estoy teniendo gastos por defensa jurídica en 2013 respecto a mis anteriores contratistas por una cantidad de unos 1500 euros y aumentando...

Me han dicho que estos gastos son deducibles en la declaración de la renta.

¿Es así?, ¿Son deducibles para este año? ¿O serían para el siguiente?.

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Sí, los gastos por defensa jurídica son deducibles, tanto en las actividades económicas por en los rendimientos del trabajo, y serían imputables a la renta de 2013.

Muchas gracias por tu respuesta. ¿Puedes ampliarme un poco más?. ¿En que casilla lo pongo?.

Si es trabajador por cuenta ajena, casilla 12, y si es autónomo, casilla 116. No obstante, recuerde que deben ser imputados en la declaración de 2013, el año que viene.

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