¿Se puede facturar y desgravar IVA con el epígrafe 861 sección 2 (artesanos)?
Estoy dada de alta en el censo con el modelo 37 como escritora, en el epígrafe 861 de la sección 2 (profesionales). No soy autónoma, es decir que facturo con mi DNI.
En este caso, cuando emito facturas de redacción de textos me retengo el 21% de IRPF y no añado IVA ya que es una actividad exenta; pero ahora voy a realizar puntualmente un encargo de unas manualidades para una empresa que será consumidor final (las quiere para regalárselas a sus clientes, no para revenderlas) por las que voy a tener unos gastos en material para realizar las manualidades y no sé si tengo que realizar la factura reteniéndome el 21% de IRPF más el IVA. Si fuera así: ¿Qué % de IVA tengo que añadir al total de la factura para mi cliente?
¿Podré luego desgravarme el IVA que voy a gastarme en los materiales que voy a comprar para hacer las manualidades?
¿Tengo que hacer alguna modificación del modelo 37, ya que actualmente en el apartado 400 de descripción de la actividad pone "escritor?