Declaración con niño y soltero

Mi pareja y yo llevamos 5 años viviendo juntos con una casa en común y una hipoteca (como no) y somos solteros, y el año pasado nació nuestro hijo. Durante este tiempo hemos hecho las declaraciones individuales, y mis preguntas son las siguientes:

¿Tenemos posibilidad de hacerla conjunta? O ¿Seguimos haciéndola individual?

¿Si la hacemos individual, podemos meter el niño los dos o simplemente uno?

5 Respuestas

Respuesta
1

Para hacerla conjunta es necesario estar casados.

Respecto al hijo, pueden presentar declaración individual pudiendo aplicarse el 50% cada uno por ese descendiente.

Respuesta
2

La ley de IRPF no contempla las parejas de hecho o las parejas con hijos en común como unidad familiar. Dado que no formáis una unidad familiar no podéis hacer la declaración conjunta. Uno de los padres y el hijo, si que forman unidad familiar (si no conviven con el otro progenitor), pero los tres juntos no.

Debéis incluir los dos el niño en vuestras respectivas declaraciones de la renta, pero al 50%. Esto significa que tenéis derecho a la mitad de las deducciones cada uno. La clave que tenéis que poner en el apartado Vinculación es D Hijo (o descendiente) del primer declarante si también conviven con el otro progenitor. En el apartado otras situaciones - clave 3 Hijo/a del declarante si este ultimo convive con el otro progenitor sin media matrimonio entre ellos.

Espero haber aclarado tus dudas.

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Respuesta
2

Al no estar casados no podéis hacer la declaración conjunta los 3, sólo podréis hacer uno de vosotros con el 100% del bebé y el otro sin bebé.

Hacer un par de días tuve una consulta parecida a la tuya, con varias respuestas bastantes extensas. Si quieres revísala y si tienes más dudas me dices.

http://www.todoexpertos.com/mitodoexpertos/question/57gbbgcbcojyy/duda-con-declaracion-renta

Yo aseguraría que no puedes meter al niño uno solo y menos el 100% sino que deberían meterlo los dos

Si has podido ver el link de la respuesta que te he mostrado, la definición de la unidad familiar es clara para la AEAT:

Unidad Familiar A efectos del IRPF, existen dos modalidades de unidad familiar, a saber:

En caso de matrimonio (modalidad 1ª): La integrada por los cónyuges no separados legalmente y, si los hubiere:
Los hijos menores, con excepción de los que, con el consentimiento de los padres, vivan independientemente de éstos.
Los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
La mayoría de edad se alcanza a los 18 años.

En defecto de matrimonio o en los casos de separación legal (modalidad 2ª): La formada por el padre o la madre y la totalidad de los hijos que convivan con uno u otra y reúnan los requisitos señalados para la modalidad 1ª anterior. De la regulación legal, a efectos fiscales, de las modalidades de unidad familiar, pueden extraerse las siguientes conclusiones: Cualquier otra agrupación familiar, distinta de las anteriores, no constituye unidad familiar a efectos del IRPF. Nadie podrá formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo. La determinación de los miembros de la unidad familiar se realizará atendiendo a la situación existente el día 31 de diciembre de cada año. Por tanto, si un hijo cumpliera 18 años durante el año, ya no formará parte de la unidad familiar en ese período impositivo.

--> Si no estáis casados no existe unidad familiar para los 3, ni tampoco puedes incluir el 50% del hijo en cada uno. Tiene que estar al 100% en alguno de los dos.

Como te he comentado esto es en relación a la unidad familiar, y otra es la deducción por mínimo por descendientes que si podéis incluir el 50% a cada uno. Son cosas diferentes.

La AEAT dice:

Hijos integrantes de la unidad familiar que no hayan percibido rentas y otros descendientes que dan derecho a la aplicación del mínimo por descendientes

En este apartado se relacionarán:

1. Los hijos que formen parte de la unidad familiar.

2. Los demás descendientes del «Primer declarante» y del «Cónyuge», no integrados en la unidad familiar, pero que den derecho a la aplicación del mínimo familiar por descendientes.

Respuesta
1

Pues mira en vuestro caso si aplicáis la deducción por adquisición de vivienda habitual, por la hipoteca que tenéis en común, al nacer vuestro hijo tendréis que deduciros la mitad cada uno por él, indicando que el hijo convive con los dos y al no estar casados no tenéis la opción de hacer declaración conjunta.

Saludos y espero haberos ayudado se agradece valoración por parte de los usuarios.

Respuesta

Entiendo que lo del 50% se indica en las casillas como D y 3 en relación a que viven juntos con un hijo sin estar casados. Pero mi gran duda está en la casilla que te deja marcar a continuaciónpara indicar si dorma parte de la unidad familiar. ¿Quién puede marcar esa casilla de unidad familiar? ¿Solo uno de los padres? ¿Ninguno? -

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