Impuesto Hacienda por dación

Hola expertos, qué tal estáis. Me gustaría consultaros lo siguiente.
Tengo un amigo medio austriaco, medio boliviano que se compró un piso en Madrid hace tres años. Después de que le subiera la hipoteca una barbaridad y después de quedarse sin empleo ha conseguido que su banco se quede con el piso a través de una dación en pago.
Va a regresar a Bolivia y tiene dudas acerca de la deuda de unos 9000 euros que ha contraído con Hacienda debido a la dación.
¿Me podrías comentar de qué forma Hacienda le va a cobrar la deuda desde Bolivia?
Muchas gracias.

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Respuesta
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Difícilmente.
Hola, creo que voy a perfilar más la pregunta. Básicamente mi amigo quiere conocer dos cosas, si Hacienda pone algún tipo de facilidad a la hora de pagar esa deuda, es decir, permite el pago aplazado o similar, y si en caso de que decida quedarse a vivir, de qué forma tiene que hacer frente a la deuda.
Muchas gracias por tu interés.
Puede solicitar un aplazamiento o fraccionamiento del pago, preferiblemente antes del cumplimiento del plazo voluntario de la deuda para evitar el devengo de recargos (5%, 10% y 20%) e intereses de demora.

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