Hacienda y la venta del piso

Hola de nuevo.
Ya me aclaraste que después de vender mi piso estoy obligado a comprar otro antes de dos años si no quiero pagar el "impuesto revolucionario" de hacienda.Me gustaría saber si para evitar pagarlo puedo hacer lo siguiente:
Comprar un piso de nueva construcción de los que se venden en plano que te dan las llaves al finalizar la obra, debiendo abonar un 20% del coste de la misma. Esta pregunta viene dada porque me parece que hasta que no me den la llave no tendré las escrituras entonces ¿cómo demuestro que estoy en este proceso?. Creo que sería la mejor opción porque así me daría más tiempo para decidir cuando comprar mi vivienda definitiva.A malas supongo que al darme las llaves podría revender la casa y ganar algún otro beneficio aunque tenga que pagar por ello a hacienda...¿me explico?.

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Desde que vendes tu piso hasta que escritures (compres) el nuevo deben pasar como máximo 2 años, así que cuando declares en la renta la venta del piso, deberás solicitar la exención por inversión en otra vivienda habitual, y deberás rellenar unas casillas donde indicaras el importe que estas obligado a reinvertir en total, lo que has pagado hasta la fecha y lo que TE COMPROMETES A PAGAR HASTA QUE TE ENTREGUEN LLAVES (plazo:2 años desde la venta
No les tendrás que demostrar nada... solo deberás tener esas escrituras de la nueva compra por si los de hacienda "vienen a hacerte una visita" y que elo puedas justificar.
Lo de los 2 años es totalmente literal, es decir, de mayo-05 a mayo-07 (p. Ej)
Lo que comentas al final de revender la casa... etc... se supone que quedas exento por reinvertir en otra vivienda habitual, para que sea habitual debes tenerla y vivir en ella al menos 3 años... así que solo decirte que si la "revendieras" como dices, DEBERÍAS PAGAR A HACIENDA EL IMPUESTO REVOLUCIONARIO (como tú le llamas) y con intereses por hacerlo fuera de plazo y no haber cumplido con lo que te comprometiste...
Ok, tu respuesta es bastante clara, pero necesito otra aclaración:
El piso al comprarlo lo escrituré por 6.500.000 pero la hipoteca la pedí por 7.500.000. Más tarde al hacerme la reforma hice una ampliación de hipoteca por valor de 9.500.000. En estos momentos me quedan por pagar unos 9.000.000 de hipoteca.Si el piso lo vendo a 21.000.000 Cuanto supone hacienda que ha sido el beneficio 21-6.5,21-7.5 ó 21-9.5 porque en el primer caso supone hacienda que tengo más dinero para invertir que el que realmente tengo... Saludos
Otra vez...
A ver, las ganancias patrimoniales, son Valor de Venta - Valor de compra, es decir, 21 - 6,5 = 14.5
Pero si reinviertes te exigen que lo hagas en el total del precio de venta, de los 21.
En ese caso te puedes descontar la hipoteca que pediste para comprarlo, es decir los 7,5 que aunque sea importe superior al piso, existen hipotecas al 100% y que incluyen los gastos.
Así que de los 21 podrás descontarte los 7.5 y deberás reinvertir en otro piso 13,5 y quedarías exento TOTALMENTE del impuesto.

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