Vpo como daccion de pago

<p style="margin-top: 0px; margin-right: 0px; margin-bottom: 4px; margin-left: 0px; padding: 0px;">Tengo dos prestamos hipotecarios sin avalista, sobre una vivienda cuyo valor en el mercado según baremos oficiales de la junta de andalucia es parecido al capital que me queda pendiente por liquidar. Teniendo en cuenta la situación actual por la que estamos atravesando me estoy planteando no seguir pagando. Si el banco me quita la casa, ellos cuando lo hacen sobre una vivienda de renta libre la tasan siempre mirando sus intereses, es decir muy por debajo del precio del mercado. Pero en mi caso,esta vivienda ya tiene un precio estipulado por ley. Por lo que prácticamente dejaría saldada la hipoteca. Esto es así?<p style="margin-top: 0px; margin-right: 0px; margin-bottom: 4px; margin-left: 0px; padding: 0px;"> <p style="margin-top: 0px; margin-right: 0px; margin-bottom: 4px; margin-left: 0px; padding: 0px;">

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Dejar de pagar no es lo mismo que realizar una dación en pago.

Dejar de pagar significa que el banco interpondrá una ejecución hipotecaria, y acabaras debiendo no solo el capital pendiente de la hipoteca sino también las costas e intereses devengados en la ejecución hipotecaria.

Una dación en pago, es una negociación, y como tal, no hay ninguna obligación por parte del banco de aceptarla, ademas, puede darse el caso de dación en pago y total deuda saldada, o dación en pago, y parte deuda pendiente, depende de la negociación que se realice en cada caso.

En cuanto al valor de la vivienda tendrás que leer el que se fijo para el caso de subasta en la escritura de hipoteca.

Gracias

Después de Dos años el banco ha aceptado la dación en pago pero me queda un remanente de 55000€. Si tenemos en cuenta que el valor del capital que debo, asciende a 140000€, quiere decir que me han tasado la vivienda en 85.000€. En el préstamo hipotecario , aparece con un valor de tasación en caso de subasta de 112.000€.

¿Puedo reclamarle al banco que me tase la casa en lo pactado? En caso de que se niegue, ¿tendría opciones vía judicial?.

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado, que le estudie su caso concreto.

Lo primero que ha de saber es que una dación es una negociación y por lo tanto, el banco no esta obligado a nada... solo en casos muy concreto y que posiblemente no pueda ser el suyo, se podría acoger a la vía judicial. Al banco no le puede obligar a tasar nada, pues el banco no tasa, es una empresa "independiente" quien la realiza...

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