Ejecución de hipotecas

Ante todo buenos días y agradecer el tiempo prestado, mi pregunta es la siguiente, tengo 3 naves industriales y un local comercial, ante la coyuntura por la que estamos pasando veo muy difícil poder hacer frente a las hipotecas de las mismas, si no pudiera hacer frente y el banco tiene que ejecutar las garantías hipotecarias, ¿cuál sería el porcentaje del valor de tasación por el que se subastaría?(Siempre y cuando no hubiese postores en la subasta)

Se que en viviendas el banco ejecuta por el 60 % de tasación pero en naves industriales y locales comerciales lo desconozco.

A su vez, ¿Tengo entendido que es por la tasación por la que se formalizó el préstamo no?

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Indicarle que hay que tomar en cuenta el tipo de subasta y sobre ello, el banco debe pagar el 60% del valor de tasación. Con una táctica procesal puede llegar a pagar el 70%. A ese valor de adjudicación, le incluirán los intereses de demora y costas.

Los bancos están muy interesados en seguir adjudicándose inmuebles al 60% y tener la posibilidad de seguir ejecutando el patrimonio del deudor.

Informarle que hay otras opciones que no pasan por la subasta, que pueden ser útiles para que no tenga deudas pendientes a futuro y que para el caso de que hubiera una subasta y adjudicación al 60% del valor de tasación, existen posibilidades de plantear una dación en pago judicial.

Gracias por la respuesta.

Pero necesito una aclaración, los intereses de demora y las costas son asumidas por el banco o por mi??

La tasación por la que se rige es por la de la firma de la hipoteca o se realiza una nueva tasación??

Gracias por su tiempo.

Un saludo

Los intereses de demora y costas son por su cuenta, NUNCA, por cuenta del banco. La tasación es la pactada en escritura.

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