Gastos de gestión en una novación

He solicitado una subrogación a otra entidad bancaria que ha hecho una oferta que mi entidad bancaria ha aceptado. La primera pregunta es si eso se puede considerar como una novación. ¿Una vez aceptada la oferta mi entidad me ha cobrado unos 420? ¿De gastos de notaría y registro y 435? De gastos de gestión. La segunda pregunta es como es posible que cobren más por los gastos de gestión que los propios gastos. ¿Me he puesto en contacto con ellos y aducen que tienen una cuota fija para los gastos de gestión por las novaciones que es de 375? + IVA. Les he pedido que me enseñen alguna parte donde figuren esas tarifas pero no hay respuesta. ¿Por tanto pueden cobrar por gastos de gestión lo que quieran?, ¿Está regulado en algún sitio?

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¡Vaya nombre que te has puesto!
Pues lo que te han cobrado en concepto de gestión no está regulado en ningún sitio, pero me parece que se han pasado bastante. Además, te tenían que haber informado antes de hacer nada.
La gestión que han hecho consiste en la liquidación a cero del impuesto de actos jurídicos documentados, coger la escritura de la notaría, llevarla al registro de la propiedad, y después recogerla del registro y dársela al banco.
Esa gestión se la pasan a una gestoría que es la que hace el papeleo, pero seguro que el banco se lleva más de la mitad de ese dinero a su bolsillo. ¿Crees qué una gestoría se va a llevar a su bolsillo dicha cantidad por una gestión tan simple? Seguro que no.
Lo siento por ti. Tampoco podrás reclamar al banco, porque ellos dirán que es la factura de otra empresa.
Hola!
Respecto al nombre hay muchos Albertos así que hay que echarle imaginación para poder registrar un nombre común.
Gracias por la respuesta, aunque no me soluciona mucho. En cuanto a considerarse novación la operación ¿Es posible?
Efectivamente la gestión el banco se la encarga a otra empresa, ¿pero esta le puede cobrar lo que le da la gana? ¿Y si en vez de decirme que son 435? ¿Me dicen que son 4000? ¿Lo tengo que pagar? Al banco le da igual porque lo pago yo, ¿pero precisamente por ello no debería el banco informarme a priori de las tarifas que se aplican? Cuando firmé las nuevas condiciones en alguna parte pone se le encargaría la gestoría POR de realizar las gestiones, ¿eso implica aceptar sus tarifas que desconozco?
Un saludo.
No se considera una novación, es exactamente una "Subrogación de acreedor hipotecario"
Los bancos acuerdan una serie de tarifas con la gestoría que les parece mejor, yo estoy convencido de que "mojan" en buena parte de ese importe.
El banco te debería de haber informado con antelación de todos los gastos que te iba a suponer el cambio.
Solo te queda el derecho al pataleo y la denuncia a una oficina del consumidor por considerar excesivos dichos honorarios y por no haberte informado expresamente del gasto.
Seguramente no firmarías ningún documento donde aceptarías ese cobro. Cuando firmaste las nuevas condiciones no estabas aceptando expresamente las tarifas de la gestoría por la tramitación documental.
Ve a la web del banco de españa www.bde.es, portal del cliente bancario, quejas y reclamaciones y mándale un email al defensor del cliente o al servicio de atención al cliente de la entidad en cuestión.
A ver que te responden.
Muchas gracias tanto por la respuesta como por la premura con la que la has hecho.
Efectivamente me queda el derecho al pataleo y lo voy a ejercer así como dirigirme a la dirección que me has indicado.
Un saludo

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