Inversión

Realice una venta de dos viviendas que tenía y tras la cancelación de una hipoteca y un embargo que figuraba sbre la misma dispongo de un capital de dinero en metálico.
Actualmente soy funcionario pero mi padre posee una pequeña empresa eléctrica en la que tanto mis hermanos como mi madre estamos de avalistas e incluso titulares en algún préstamo hipotecario. Soy el único de los tres hermanos que trabaja y debido a la crisis una suma de dinero importante no ha sido cobrada por la empresa de mi padre por diferentes razones ( cierres de empresas, ayuntamientos, etc.), no pudiendo hacerse cargo de los préstamos bancarios. Los diferentes inmuebles han sido embargados no alcanzando la hipoteca de la cual disponía. Al día de hoy personalmente no tengo ningún bien solo la nómina y quería saber que puedo hacer o invertir el capital que tengo sin que pudiera tener problema si llegara algún embrago. En mi sucursal me han dicho que tanto el dinero en efectivo de la cuenta como depósitos fijos pudieran peligrar pero que creen que si lo invierto en algunas acciones como telefónica u otra empreasa no pasaría nada.
Muchas gracias por el tiempo dedicado a personas como yo. Gracias

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Un acreedor tuyo tiene EL DERECHO de solicitar se te embarguen bienes y rentas, presentes o futuras, hasta resarcirse de la deuda. Eso, que dicho así para muy contundente, no quiere decir nada más que al que le debes y no le pagas, te puede embargar todo lo que localice a tu nombre, sea lo que sea. Una acciones que compras en bolsa, lo haces a través de un contrato de valores que abres en un corredor de bolsa o en un entidad financiera: ESO TE LO PUEDEN LOCALIZAR Y EMBARGAR. Quizás solo hayan algunos bonos "al portador" que puedas adquirir y cuyo titulo FÍSICAMENTE sea lo que acredite su adquisición. Eso es muy raro y suele ser deuda de países y por importes elevados, por lo que no es accesible a "los mortales ahorradores normales".
Te aseguro que si tienes algo a tu nombre, tarde o temprano te lo embargarán, sea lo que sea. Si tienes una cuenta con dinero, cualquier día lo tendrás bloqueado por un embargo, así que sácalo; si puedes ponerlo a nombre de otra persona, que no vaya a traicionarte y que esté "limpio", mejor, pero cuidado con las donaciones y hacienda ... Si la cantidasd es importante, deberá cotizar. Si no es mucho importe, podrá abrir una cuenta a su nombre sin dar explicaciones y pagar impuestos por ello y luego podrá invertir en lo que tú elijas, incluso autorizarte a usar esa cuenta como si fueras titular, con lo que tendrás todo solucionado.
Cualquier duda, me escribes, SIN PROBLEMAS.
Gracias de antemano aunque cada día me surgen más dudas. El dinero del que hablamos oscila entre los noventa mil euros (justificado mediante escritura compra-venta que realicé). Por lo que me has comentado la mejor opción sería realizar una donación a mi hijo de dos añitos ya que no tengo otra persona, quería saber ciual es el importe al realizar la donación que debería abonar (hacienda, otros gastos, etc) y mi GRAN duda si realizo esta operación y posteriormente llega un embargo los bancos en este caso ya que con hacienda u otros organismos oficiales no tengo nada pendiente, podría demostrar que ha sido posterior y que ese dinero lo tendría que haber pagado ou otras cosas raras. Van a ser los ahorros de mi hijo y yo para toda la vida y no voy a perderlo ASÍ. Lo de cambiar el dinero de las cuentas ya lo hice hace algún tiempo pero nómina la terminarán embargando pero no me queda otra como ya te dije soy funcionario y ano ser que coja una excedencia no sé como lo haré. ¿Cuánto es el importe que me pueden dejar en nómina para vivir y un hijo?, ¿Durante cuánto tiempo tengo que pagar? ¿Esto no prescribe a XX años? Bueno como veras lo tengo todo bien fácil.
Muchísimas gracias por todo tu tiempo, gracias de verdad. Un cordial saludo
Mi respuesta del 12.11.2010 a coyotemb, tema embargo nómina. Las deudas requeridas y en ejecución no prescriben, como la tuya.
Por lo de la donación, te aconsejo que vayas a Hacienda y consultes opciones, porque seguro que ellos te hacen las cuentas "justas". Solo una cosa: los bancos pueden "rastrear" el origen de tu dinero y si no lo encuentran, pueden seguir rastreando, por ejemplo, a familiares cercanos. Es difícil que localicen tu donación, pero podría pasar. No obstante, dudo que un Juez permitiera que a un menor se le retrocediera una donación ( están muy protegidos ) pero puede pasar. Otra opción es abir una cuenta en el extranjero ( Andorra, por ejemplo ) porque allí podrías tener el dinero a tu nombre, disponible y no se enterarían en España.
Yo creo que lo primero es salvar tus ahorros y luego ya llegará el embargo de la nómina. Eso sí, te la tendrán embargada hasta tu jubilación y después, te embargarán la pensión, hasta que acabes de pagar. Intenta llegar a un acuerdo ( si puedes ) para pagar una cantidad de golpe y obtener el finiquito, porque de lo contrario puedes estar pagando toda la vida ( aunque quizás eso te conpense .. haz las cuentas .. )
Suerte.

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