Cumplimiento contrato compraventa

Realizamos la compra de un chalet mediante un contrato de compra venta, en el contrato especifica los 2 pagos a realizar antes de la entrega y el ultimo pago a la entrega que sera en "septiembre del 2008, aproximadamente", ¿estoy interesado en rescindir el contrato no perdiendo las cantidades aportadas. Se podría hacer por motivo en el retraso de fecaha de entrega de la vivienda o bien por otra causa que pudiese justificar?.

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Consulkta con quien te vendió el chalet para ver si ellos tienen otro comprador interesado o bien busca tu alguien interesado en la casa y arregla con él las cuentas
El tema esta en que yo quiero rescindir el contrato y que me devolviesen las cantidades aportadas, alegando por ejemplo el retraso en la entrega de la vivienda.un saludo
Si tienen otro comprador interesado éste se supone que pagaría lo que tu has pagado y lo cobrarías de él con lo cual tu estarías como antes de la compra.
Supongo que tendrás un aval por la parte desembolsada porque es lo usual en este tipo de compras sobre plano, así que si no está entregado en fecha ejecuta el aval.
Si no quieres llegar a la ejecución del aval, dile a la constructora que lo vas a hacer y siempre es un arma a tu favor
Hola, al tema del aval, te refieres a un tipo de seguro de las cantidades aportadas o a otro tipo de aval, nosotros hicimos ya el pago de la primera parte que corresponde al 10% del total y dentro de un par de meses haremos otro pago del 10%. Llegados a la fecha de entrega (septiembre-08) y sin haber encontrado un comprador para cederle el contrato,¿se puede rescindir el contrato (recuperando las cantidades aportadas) por incumplimiento en la fecha (posiblemente enero-febrero 09) de la parte vendedora?. Lo que queremos es anular el contrato sin perder el dinero.
Gracias por responder a mis preguntas.Un saludo
Cuando se compra un piso sobre plano, dando cantidades a cuenta, la constructora suele dar un aval por las cantidades que entrega el comprador y que es ejecutable a la primera solicitud. Si tienes este documento puedes dirigirte al banco que prestó el aval y requerirle su pago.
Lo siento pero sigo sin entenderte, lo que queremos es recuperar la parte entregada al promotor y rescindir el contrato de compra-venta. Gracias
El aval a que me refiero es un aval bancario emitido por el banco donde tienen el préstamo para construir, a favor tuyo y por el importe que tu has entregado y con una validez hasta la fecha de la entre ga de llaves, donde puedes optar por subrogarte a la hipoteca del constructor o contratar tu una hipoteca por tu cuenta.
Si no tienes este documento, o la fecha de vencimiento está ya pasada, no tienes otra que fiarte de que el constructor te devuelva tu aportación o bien interponer un juicio
Ahora te entiendo perfectamente (siento haber tardado un poco en hacerlo), solo decirte que he mirado el tema del seguro del aval en el contrato y no especifica nada por lo creo que no están aseguradas esas cantidades, ¿crees qué si se interpone un juicio por retraso en la entrega hay algunas opciones de ganar?.
Muchas gracias por ayudarme, un saludo.
Si no tienes aval bancario, creo que lo mejor sería un intento por las buenas con la constructora.
En cuanto a un juicio, que sería lo más indicado por el incumplimiento, no se puede saber el resultado de antemano, pero ya sabes el refrán: Pleitos tengas y los ganes. Suerte

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