Reserva revalorización

Hola, me gustaría saber cómo contabilizar una revalorización de un inmovilizado, y si tiene consecuencias en la cuenta de resultados. Gracias

1 Respuesta

Respuesta
1
Sólo determinados activos pueden ser revalorizados, y siempre ne el marco de la normativa legal, que permite dicha revalorización.
Algunas de estas normas legales de obligado cumplimiento son:
- Cuarta Directiva Comunitaria, que prevé tres posibles excepciones al precio de adquisición (art. 33.1)
En España, de forma excepcional, y a través de Leyes de regulación o de actualización de Balances.
La plusvalía que generan estas revalorizaciones, en su apartado fiscal se rigen por una tabla de coeficientes de actualizaciones (art. 6 R.D. 2607/1996, de 20 de Diciembre).
Imaginémonos que revalorizamos unos terrenos el asiento seria:
(220) Terrenos y bienes naturales
A
Reserva de revalorización, Real Decreto Ley 7/1996, de 7 de junio (111)
Ahora la plusvalía:
(111)Reserva de revalorización, Real Decreto Ley 7/1996, de Junio
A
Hacienda Pública acreedor por conceptos fiscales
Como habrá podido observar la operación no tiene ningún reflejo en cuentas de resultados grupos 6 y 7, solo en movimientos dentro del balance

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas