¿Cómo contabilizar la cuenta 439?

Tenemos una empresa de construcción que facturamos con Entidades Públicas y a final de año para que cuadren sus presupuestos nos hacen certificar por anticipado por lo que el IVA repercutido se nos dispara y hace que tengamos que pagar de IVA lo que en realidad no se ha cobrado y no se ha generado gasto de esa obra para contrarrestar el IVA devengado ¿Hay alguna forma de poder contabilizar el IVA para ser declarado en el ejercicio siguiente?
Respuesta
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El problema no es la contabilización sino la fiscalidad. Fiscalmente desde el momento en que facturas estas obligado a declarar el IVA y contablemente solo puedes hacerlo en las cuentas correspondientes.
Sin embargo te hago ciertas puntualizaciones,
1º.- Además de pago anticipado de IVA estamos hablando de declarar de forma anticipada unas ventas y por lo tanto incrementar el beneficio del año de forma irreal.
2º.- La exigencia de la entidad pública de certificar por anticipado,
¿No se les puede "apretar" para que paguen los gastos que genere el diferencial de tesorería y de beneficios?
3º.- Partiendo de la base que el problema está en un descenso importante de la liquidez en el momento de la declaración,
¿Han pensado en abrir un póliza de crédito para estas situaciones y cargar los costes financieros al cliente en el precio final?
Y por último, el titulo de la pregunta es como contabilizar la cuenta 439 y dicha cuenta no existe. Es posible que te refieras a otra cuenta. Si me devuelves el mensaje con el número de cuenta correcto te haré llegar un detalle de como contabilizarlo.

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