Nuevo autónomo y compra de moto

Aprovechándome de esta ayuda:
Orden de 17 de marzo de 2011 por la que
Se establecen las bases reguladoras del
Programa para la promoción del empleo
Autónomo, cofinanciado por el Fondo
Social Europeo, y se procede a su convocatoria
Para el año 2011.
Quería hacerme autónomo y consistiría en dar clases particulares a domicilio, la ayuda implica gastarse un mínimo de 3000 euros y para desempeñar dicho trabajo necesitaría un transporte, de ahí que algo económico y cómodo para la ciudad y quizás algún transporto no muy largo de carretera he pensado en comprarme una moto de 125 deportiva de carretera, que prácticamente en su totalidad estaría destinada a transporte de casa en casa. La pregunta es si este tipo de vehículo lo podría justificar como autónomo y para dicha compra debería hacer algo especial, si podría deducir el iva o conseguir algún tipo de ahorro de ese tipo, como inversión de 3000 euros, como pide en la Orden si valdría la moto que en realidad seria esencial para dicho trabajo aunque sea a priori una moto de diseño recreativo y si podría desgravar para dicha moto gastos tipo gasolina, seguros, casco y demás que requiere una moto.

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Típica cuestión de todos los autónomos con vehículos.
En caso de uso exclusivo si es deducible al 100%, en el caso de no serlo solo te podrás deducir el 50% ya que seguramente lo tendrás para uso personal y lo cojeras para cosas que no sean trabajo (fines de semana).
Si quieres ponerlo deducible al 100% aunque lo uses personalmente no habría problemas, a no ser que tuvieses inspección y el inspector determinase que no lo es, entonces uncamente tendrías que devolver el IVA o bien al 50% o en su totalidad según determine el inspector, o lo mismo lo deja como está.
En realidad yo ese dato ya más o menos lo conocía de haberlo leído en otras preguntas, pero me refería a si se podía aplicar a la orden 17 de marzo de 2011
Supongo que te estarás refiriendo a Madrid. Esta misma orden existe para cada comunidad autónoma pudiendo variar alguna condición. Te recomiendo que leas la tuya en el apartado "personas beneficiarias" y ver si cumples los requisitos, que nosotros tampoco podemos saberlo.
Lo que si te puedo aclarar es que este tipo de ayudas es para el establecimiento como trabajador autónomo, es decir, te dan este dinero para que inicies una actividad con el compromiso de permanecer 3 años al menos sin darte de baja (en caso de darte antes deberás pagar la diferencia). Si tu quieres te puedes gastar los 6.000 euros en tabaco o lo que quieras. Ellos no pueden saber con que dinero te lo has comprado, si con el que has ganado o con la subvención.
Saludos y suerte en tu andadura profesional !

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