Préstamo

Si los socios de una empresa solicitan prestamos individuales a largo plazo a un banco para a su vez prestárselo a la empresa, ya que a esta por el motivo que sea no le conceden un préstamo propio, ¿cómo se puede contabilizar la devolución de esos prestamos a los socios y los gastos que conllevan, tales como intereses, gastos etc.. Por parte de la empresa?
Un saludo
{"Lat":37.7185903255881,"Lng":-4.921875}

1 respuesta

Respuesta
1
En estos casos, usted tiene dos créditos, uno de los socios, que no afecta a la empresa, y otro de estos a la empresa... Que ha de estar constituido legalmente y haber pagado los correspondientes impuestos, una vez realizado ante tonario. Ademas ha de liquidar como mínimo, el interés legal y los socios lo han de incluir en su declaración de renta...
La empresa, no puede liquidar directamente el préstamo con el banco... se paga a los socios y estos se encargan de pagar su parte al banco... Si quieren liquidar los gastos que le corresponden a los socios como gasto de la empresa, deberían emitir la correspondiente factura por los mismos...
Ademas son operaciones vinculadas, por lo tanto, el préstamo ha de figurar así y puede exigir la documentación del mismo, como operación vinculada. Así es como ha de contabilizarse, como un préstamo con entidades vinculadas.
Agradecemos valoración de la respuesta.
Muchas gracias, hay una cosa que me gustaría que me aclare, como es la primera vez en mi vida que me surge una cosa así, no sé exactamente los trámites. ¿Cómo ha de constituirse legalmente, mediante junta de accionistas? ¿Qué hay que llevar al notario un certificado de junta?
¿A qué impuestos se refiere?
¿Cómo incluye el socio en su renta, si es un vcrédito personal lo que tiene y que luego presta a la empresa?
Como ve son muchas las dudas. Muchas gracias por su ayuda.
El préstamo se ha de hacer en escritura notarial, y se tendrán que liquidar Actos Jurídicos documentados, en la Hacienda de la Comunidad de Madrid, el notario les preparara toda la documentación y les realizara los cambios.
La empresa, como tal, debe hacer un certificado de la Junta, donde se acuerde el préstamo, pero el préstamo se ha de documentar notarialmente, como le hemos indicado en el párrafo anterior.
El préstamo personal no se incluye en su renta, el lo paga como si fuera para cualquier compra... y no tiene deducccion... Lo que si que ha de incluir son los ingresos por los intereses que la empresa paga a cada socio (similar a lo que se haría con un banco).
Recuerde revisar la normativa de operaciones vinculadas, pues dependiendo de muchos parámetros, como la cantidad del préstamo, tendrá que preparar documentación por si se la piden la Agencia Tributaria.
En algunos casos, resulta más interesante hacer una ampliación de capital, con los capitales aportados por los socios que hacer la operación como un préstamo, tendría que estudiarlo...
Agradecemos valoración de la respuesta.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas