Asociación sin animo de lucro sin contabilidad

Colaboro con una asociación sin animo de lucro, esta creada en el 2005, pero nunca ha llevado contabilidad, registraba algunos ingresos y gastos, quieren empezar a llevar la contabilidad, ¿se puede empezar ahora en el 2010 y es necesario buscar los datos del 2009? Esta dada de alta en el IAE, ¿es por tanto necesario registrar los libros de contabilidad en el registro mercantil?

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De acuerdo con el Artículo 3 del Real Decreto 776/1998 cobre la aplicación de las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos:
Las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos, serán de aplicación obligatoria para todas las fundaciones de competencia estatal y asociaciones declaradas de utilidad pública sin perjuicio de que como se ha indicado, otras disposiciones puedan establecer la obligatoriedad a distintas entidades sin fines lucrativos.
Es decir, las Asociaciones no declaradas de Utilidad Pública no tienen obligación de utilizar este Plan Contable.
Así depende el tipo de asociación será o no obligatoria.
Si es obligatoria, que duda cabe que tendrás que registrar los libros en el registro mercantil.
En cuanto a la forma de empezar creo que será muy difícil remontarse en datos históricos. Te sugiero que empieces con un balance inicial en el que se detallen todos los saldos de activo y pasivo (bancos, deudas, inmuebles, etc.) y a partir de ahí llevar todos los registros desde enero 2010.
No sé si te dará tiempo.
Es de utilidad pública municipal.
Hasta donde sé, las asociaciones de utilidad pública municipal están obligadas a llevar Contabilidad.
No obstante tampoco quiero ser rotundo en afirmaciones de las que no estoy seguro al 100%.
Tendría que elevar una consulta a su Ayuntamiento para que le asesoren de si existe o no esta obligatoriedad.
Siento no poderle ser más útil

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