Amortización de capital de una sociedad.

He montado una S.L. Con un capital social, no en efectivo sino con maquinaria y un vehículo.
Mi pregunta es la siguiente:
¿Estos bienes hay que amortizarlos o no?
En caso afirmativo, ¿No se descapitalizaría la sociedad?
Respuesta
1
La respuesta a la pregunta es: si, se deben amortizar como cualquier elemento patrimonial.
Al amortizarlos no se descapitaliza la sociedad, porque el valor de los bienes se contabiliza al debe del grupo 2 por el haber del grupo 1. Las amortizaciones se contabilizan como gastos, es decir al debe del grupo 6 por el haber del grupo 2, así que lo que disminuye es el valor contable del grupo 2-Inmovilizado y permanece inalterado el grupo 1.
Si necesitas un ejemplo de asientos con las cuentas detalladas me lo dices y te lo proporcionaré.
Te agradecería el asiento detalado, tomando por ejemplop el vehículo.
El primer asiento es el de la constitución del capital y seria:
debe cta. concepto cta. haber
1.000,00 1040 El valor de los bienes que se aportan
                                             a         
                                                                Establecemos el capital social 100 1.000,00
Luego dotamos el inmovilizado:
   500,00 213 Por el valor de la maquinaria
   500,00 218 Por el valor del vehículo
                                             a
                  Las aportaciones no dinerarias dejan de estar pendientes 1040 1.000,00
Al final del ejercicio se contabilizan las amortizaciones así:
   100,00 681 Por el importe total de todas las amortizaciones materiales
                                             a
                                                     Por la amortización de la maquinaria 2813 50,00
                                                     Por la amortización del vehículo 2818 50,00
Como verás, la cuenta de capital no se llega a tocar y permanece con su valor inicial.

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