Al calcular el modelo 311 debes calcular el iva devengado con tus módulos y el iva de la sunma

Al calcular el modelo 311 (iva liquidación final módulos), debes calcular el iva devengado con tus módulos, y el iva soportado mediante la suma de todas las facturas del año (no activos fijos).
En la cuota derivada también tienes que sumar el iva de las adquisiciones intracomunitarias, ¿pero este iva se resta en el iva soportado?
Es que no lo entiendo, ¿si yo lo declaro como iva devengado donde lo estoy declarando como soportado para compensarlo?
¿Es qué tengo que sumárselo a las cantidades de iva soportado?

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Para la liquidación final del IVA de módulos se calcula el IVA devengado en función de los módulos que tenga el interesado, no hay que tener el cuenta para nada las facturas emitidas, se puede deducir el IVA soportado de operaciones corrientes hasta un límite, el IVA soportado de las inversiones también se puede deducir pero tiene la ventaja de que no hay que aplicarle el límite anterior. El IVA de las adquisiciones intracomunitarias tienes que indicarlo en la casilla 04 del modelo 311 y seguir las instrucciones.
Mi duda es, que yo declaro en la casilla 4 el iva de las adquisiciones intracomunitarias, ¿pero yo no me lo deduzco o puedo restarlo como parte del iva soportado?
Lo sumas con el resto del IVA soportado, siempre que no paséis el límite.

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