Factura rectificativa, recuperación iva

Tengo una duda sobre las facturas rectificativas para recuperar el IVA de las empresas en concurso de acreedores:
¿Tengo qué hacer una factura rectificativa por cada factura que me deben o puedo hacer una factura rectificativa sobre el importe total de todas las facturas que me deben?

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1
Por cada una de las facturas.
Gracias, y una cosa más: soy autónomo y estoy en módulos, igualmente si puedo recuperar el IVA de las facturas no cobradas, ¿no? Y luego en que casilla lo tengo que poner en la declaración del IVA, lo tendría que incluir ya en la declaración del 3T-09 que se presenta en enero, ¿no?--Muchas gracias por tu interés.
Mientras que no tributes por recargo de equivalencia si podrás recuperarlo.
Lo tendrás que incluir en el trimestre de las facturas rectificativas.
Vale, ¿pero en concreto en el modelo 310 del IVA en que casilla lo tengo que meter? Muchas gracias
¿En qué fechas has hecho las rectificativas?
Las he hecho el 11-12-09 y se lo he comunicado a Hacienda el 12-12-09.
Pues en el 4T del modelo 303.
En la casilla 01/04/07 sumas todas las bases imponibles de todas tus facturas emitidas y le restas la de la factura rectificativa.
En la casilla 03/06/09 sumas todas las cuotas de todas tus facturas emitidas y le restas las de las facturas rectificativas.
Te pongo tres casillas a elegir dependiendo si el tipo de IVA en el 4% 7% 16% respectivamente.
Por cierto ahora que me estoy dando cuenta, ¿tu usas el 303 o el 310 para el IVA?
Uso el modelo 310, régimen simplificado, declaración ordinaria,
Al estar en MÓDULOS, no tengo que imputar el IVA de las fras emitidas, solo ver lo que me sale por el modulo y de ahí restar el IVA deducible, ¿no? ¿Entonces debería restar el IVA de las facturas rectificativas del IVA que me sale según el MODULO?, si me sale negativo el resultado lo puedo pedir a devolver o dejarlo a compensar, ¿no?
Muchas gracias
Nonononononono...
Si tributas por estimación objetiva (módulos) todo lo que te he contado no vale de nada.
Si estas en módulos las facturas incluidas las rectificativas las tienes que guardar, pero no tienes que hacer nada con ellas.
Tu cuota por modulo sera siempre la misma. No tienes que hacer nada con la factura rectificativa, a no ser que sea intracomunitaria.
¿Pero estando en MÓDULOS puedo recuperar el IVA no cobrado en la situación de CONCURSO DE ACREEDORES o IMPAGO? Y si lo puedo hacer, ¿com lo tengo que poner en la declaración? Muchas gracias
Creo que no nos estamos entendiendo.
O haces declaraciones de IVA o tributas por módulos de IVA pero las dos cosas no puedes.
Ejemplo:
Una sociedad vende a un cliente un producto por 1000 + un IVA del 16% (160). Al terminar el trimestre la sociedad tiene que ingresar en hacienda esos 160 euros, y luego esos 160 los podrá recuperar en 2 años si el cliente entra en concurso de acreedores
Si tributas al IVA por módulos no pasara esto por que tu siempre pagas lo mismo de IVA. No se si me explico.
Entonces yo no puedo recuperar el IVA no cobrado de ese cliente que esta en concurso de acreedores. En módulos tengo una estimación del IVA a pagar, trimestralmente hago unos pagos fraccionados y al final de año descuento de la cuota total el IVA que yo he pagado por facturas recibidas y el IVA pagado en los pagos fraccionados. ¿No se puede descontar también el IVA de ese cliente en CONCURSO de acreedores para que sea Hacienda quien se lo reclame a ese cliente? Perdona las molestias y muchas gracias.
Que modelo de hacienda utilizas cuando declaras el IVA.

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