Dietas y gastos de representación

Quisiera saber como he de contabilizar las dietas, es decir, algunos de los trabajadores a veces han de comer en bares y nos traen los tickets pero no se a que cuenta lo debo llevar. Y por otra parte los tickets de restaurantes donde va mi jefe con algunos socios o representantes... Esto son gastos de representación ¿no? ¿A qué cuenta he de llevarlo?

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Las DIETAS de los trabajadores forman parte de sus retribuciones. Por tanto se imputan a la partida (640).
En cuanto a los importes gastados por un SOCIO o por una DIRECTIVO para atender a otros Socios o a los Clientes, lo más adecuado es imputarlos a la partida (627) creando la correspondiente subcuenta (RELACIONES PÚBLICAS).
Le agradecería que valorase mi respuesta. De esta forma puedo orientar las que dé en el futuro y mejorar continuadamente en mi participación en este foro.

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