Duda sobre los limites de mi finca rustica

He comprado una finca rustica que, según datos catastrales mide 642 y según registro propiedad 560 y asi consta en la escritura publica.
Consultando los planos del catastro me encuentro que, los 84 m2 de mas son una esquina que ocupa un trozo de terreno del vecino de en frente.

Mi finca esta separa de este vecino por un ribarzo de los que se hacian para mantener el agua de riego. Este vecino es mi tia la cual heredo de mi abuelo que sigue vivo . Mi abuelo me cuenta que su hermano a cambio dejarle paso (no se porque lugar) le dio a cambio esta esquina, segun dice mi abuelo, hicieron un papel privado en el cual se comprometian al cambio. ¿Qué pasa hora? Que ese papel no esta .Y el registro de la propiedad a actualizado los metros a los mismos que el catastro " exceso de cabida" indican.

Ahora mi duda. Legalmente, me tengo que fijar en las separaciones fisicas, ¿en los m2 o en la foto de catastro que ahora en el registro es la misma?

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Depende. Siento contestarle así, pero depende de muchas muchas cosas.

Lo que me debería preguntar es cual es su objetivo. Si recuperar los metros "perdidos" si agrupar los dos trozos de finca, si anular la servidumbre de paso o el ribazo, etc.

En principio tiene validez legal la escritura pero si es de su iteres, se podrían dar vueltas con el tema de la foto histórica o los "catastros" anteriores a su compra.

Según lo que me indique le respondo.

Agrupar , ya están agrupados . Si no he entendido mal, el registro me indica que ha habido una inmatriculación de 84m2 y ahora tengo los mismos metros en el catastro y en el registro.Que esa es otra pregunta , como el registro ha entendido que esos metros son míos, si yo no he hecho ningúna gestión...

En principio quería saber las opciones que tengo. Si en la situación que me encuentro , puedo eliminar el trozo de ribazo que ocupa los 84m2 o no. Que esos 84m2 ocupan parte de una tira de tierra que tiene 4 oliveras sembradas de hace años y que siempre había creído que eran de mi tia... He suponer que si legalmente (según catastro y registro) es mio , las oliveras también.

También quería saber si podía devolverle a mi tia esos 84m2 , porque aunque no aparezca ese papel privado (perdido), si mi abuelo dice que pertenece a su otra hija , yo me lo creo.

También añadir que la finca indica que es INDIVISIBLE, no se , si eso es alguna pega.

"En principio tiene validez legal la escritura" la escritura no deja claro lo que es mio. Porque indica los metros que consta en el catastro y los que constan en el registro de la propiedad.Que como he indicado arriba , ahora son los mismos en ambos lados.

Y si no es mucho preguntar; La imagen aérea del registro es la que delimita un terreno o son los ribazos , vallas o mojones? Porque puede darse el caso que físicamente como es este caso que estén hechas vallas o ribazos delimitando el terreno y según registro y catastro no este correctamente delimitado. Porque antiguamente" yo te cambio , yo te doy" y todo de boquilla o en papeles privados y... se lia.

MUCHAS GRACIAS!

Voy a intentar responderle aunque entiendo que lo que debe hacer es poner el tema en manos de un arquitecto y darle cuanta documentación obre en su poder.

Yo, sin poder leer los "papeles" del asunto, puedo equivocarme en mis juicios.

Respecto a la "eliminación del ribazo".

Usted siempre puede segregar su parcela y donar una parte a un tercero.

Respecto a las "oliveras". Si el terreno es suyo, los árboles también.

Respecto a "devolver a su tía". Puede segregar y luego donar o vender.

Respecto a lo de "indivisible". No lo entiendo. Depende de las ordenanzas urbanísticas de su ayuntamiento. En principio, cualquier finca es divisible si no es muy pequeña. En el caso de solares urbanos es diferente, pues hay normas de segregación y división.

Respecto a la imagen aérea. Como en muchos otros casos puede ser que haya errores. En principio las líneas que haya marcadas sobre la ortofoto, son los límites del terreno.

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