¿Publica concurrencia?

Quisiera saber si a la hora de catalogar un negocio de venta de recambios de automóvil como de publica concurrencia se tiene en cuenta solo el espacio de tienda al publico o también se cuenta la zona de oficinas y almacen

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Tienes que calcular la ocupación total. En las oficinas y en el almacén cuenta las personas que verdaderamente trabajarán ahí y ten en cuenta la ocupación alternativa. Es decir si los mismos de la oficina serán los que tendrán acceso al almacén, los cuentas unicamente una vez. En el art.6 de la CPI-96 (condiciones de protección contra incendios en los edificios)te explica como debes calcularlo, como me imagino no se prevé gran afluencia de público según C.6.1. (CPI) en la ZONA COMERCIAL calcula 1 persona por cada 5m cuadrados. A la superfaicie útil le puedes deducir la superficie total ocupada por el mobiliario o bien si no se sabe que mobiliario (estanterías) va a ponerse, le puedes restar hasta un 25% a la útil.
Ahora bien, con el nuevo reglamento ya no es como antes (te decía que la ocupación la calcularas según la CPI-96)sino que te dice en la MIEBT-028 q un establecimienmto comercial si la ocupación es mayor a 50 personas debes considéralo pública concurrencia, local de reunión, calculándola como 1 persona por cada 0,8m cuadrados de superficie útil. Si la tienda es grandecita T va a salir entonces una ocupación muy alta, que seguramente nunca se producirá. Me imagino que lo que quieres es ahorrarte el proyecto y desclasificarlo de pública concurrencia. Pues bien, pequeños trucos para bajarla: descuenta el mobiliario, los pasillos vestíbulos y servicios no los cuentes y en oficinas calcula unicamente el personal fijo.

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