Suministro eléctrico a parcela rustica

Hola.
Quiero suministrar electricidad en una pequeña parcela rústica que tengo, y me dice Iberdrola que debo ampliar el cableado existente, lo que supone un importe muy elevado.
Los vecinos que a priori estaban interesados, y no lo están.
Si realizo la ampliación ¿Puedo cobrarles la conexión a estos vecinos si mañana quieren conectarse?

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Sí que puedes cobrarles ya que existe la figura del contrato de repercusión, recogida en el Real Decreto 1955/2000, que te da derecho a suscribir, como digo un contrato de repercusión de parte de los gastos de exteneder la línea a aquellos usuarios que se conecten a la instalación. Deben firmar ese contrato el promotor (tu) y la compañía distribuidora. Si quieres modelos de contrato de estos yo tengo algunos...
Ese contrato tiene una vigencia limitada de 5 años durante los cuales, cuando un vecino solicite suministro, la eléctrica les dirá que esa línea está a sujeta a repercusión en tu favor y si no te pagan, no tendrán acceso a la red. Por contra, pasados esos 5 años tus vecinos podrán conectarse sin tener que pagarte nada a ti.
Te pego el texto de esa parte del real decreto:
Artículo 32. Desarrollo de las instalaciones de conexión.
[...]
En todo caso, si las nuevas instalaciones desarrolladas fueran objeto de utilización adicional por otro consumidor y/o generador, el nuevo usuario contribuirá, por la parte proporcional de utilización de la capacidad de la instalación, en las inversiones realizadas por el primero. Dicha obligación sólo será exigible en el plazo de cinco años a contar desde la puesta en servicio de la conexión. La Comisión Nacional de Energía resolverá en caso de discrepancias.
[...]
Espero haberte ayudado, si tienes alguna otra duda pregunta sin problema. Si quedó claro, por favor, finaliza/valora la respuesta.
Muchas muchísimas gracias por tu respuesta.
¿Tiene ese tipo de contrato algún perjuicio (p.e.mayor coste, ...) para mí?
No, ninguno, simplemente la molestia de tener que redactarlo, vamos, poca cosa ...

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