¿Es obligatorio dar de alta en el catastro un porche?

Hice dos estructuras metálicas adosadas a mi casa y les puse techo de planchas de imitación teja en el 2004, las planchas se podrían desmontar van sujetas a la estructura con tornillos (tengo ortofotos de SIGPAC de fecha del 2007 en las que se ven ya construidas ).

El otro día recibí del ayuntamiento una carta para que las legalizara.

¿Tengo obligación de pagar la licencia de obra?

¿Aunque haya prescrito?

¿Si son dos cenadores porqué me dice el ayuntamiento que es para darlos de alta en el catastro?

Supongo que si se dan de alta en el catastro subirá el IBI.

¿Cuentan cómo construcción aun sin tener paredes?

¿Si tienen el techo desmontable es obligatorio darlo de alta?

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Cuando pasan 4 años y no se ha abierto ningún expediente, prescribe la actuación realizada. De todas formas debes de tener cuidado, ya que los Aytos. Hacen vuelos periódicos y te pueden coger.

En el caso de que se observe la actuación en un vuelo con fecha de menos de 4 años. Tendrás que legalizar la actuación. Ponte en contacto con un Técnico que te asesore y de de todas forma informate bien si se ha realizado el vuelo antes de los cuatro años.

Hola,

Se supone que ha prescrito porque me han denunciado ahora en el 2012, y lleva hecho desde el 2004.

el AYTO lo que quiere es:

que pague por las tasas que en su momento no pedí

dar de alta en el catastro las estructuras

si ha prescrito no se si estoy obligado a pagar las tasas.

ha darlo de alta en el catastro creo que sí.

Si lo que te piden es pagar las tasas y dar de alta en el catastro. HAS TENIDO SUERTE, Te aconsejo que pagues las Tasas y regularices la situación actual en el Catastro.

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