¿Los balcones cuentan como metros útiles?

Necesito saber si los balcones de un edificio cuentan como metros útiles o construidos si son abiertos y además no tiene ni paredes laterales.
He escuchado de si al ser abiertos podía contar al 50% y si están cerrados al 100%, pero no se si al ni siquiera tener estas paredes laterales, podría computarse como tal y como útiles o construidos

1 respuesta

Respuesta
1

Habitualmente en valoraciones cuando no superan el 15% de la superficie útil de la vivienda se valoran conjuntamente computando el 50% de su superficie; sin embargo cuando su superficie supera ese 15% se valoran como un elemento independiente.

Para que computen con el 100% de su superficie tienen que estar cerrados legalmente (el cierre tiene que tener su autorización y licencia correspondiente.

y si lo que necesito saber son los metros cuadrados útiles de la vivienda para aplicar según el código técnico de edificación las personas que habitan, es decir la suma de todos los metros cuadrados útiles de todas las viviendas de mi edificio dividido entre 20, para asi poder instalar el ascensor en mi edificio, aplicando unas escaleras de 0,85 ya que de otra forma es inviable, contarían para el tema de evacuación?

es que si cuentan, aunque sea el 50 % estaríamos hablando de 35,2, lo que significaría pasar a 0,90 el ancho de las escaleras, y no se puede, por eso es importante saber que ley o normativa exige esto del 50 % ya que el tema no debe estar claro

gracias

Según el CTE el ancho de las escaleras debe ser de 1m, pero para la instalación de ascensor se permite reducir ese ancho (hasta 80cm), no obstante para esa reducción hay que tomar medidas complementarias que mejoren las condiciones de accesibilidad y seguridad (plan de evacuación, instalaciones de emergencia, mejoras en la iluminación, etc.). Hay que cumplir para ello varios requisitos y criterios, no obstante la decisión depende también de los técnicos que informen el proyecto.

Por otra parte para el cálculo de la ocupación, hay más criterios que el de la propia superficie de las viviendas y se pueden exponer estos en el proyecto (básicamente número y tipo de habitaciones existentes y máximas según la normativa vigente, que suele ser un criterio menos restrictivo). Si usa el criterio de superficie debe considerar al menos el 50% de la superficie de las terrazas y balcones.

Además, si el técnico municipal es estricto puede aplicar el criterio de que técnicamente es posible poner ascensores en huecos de solo 70cm de ancho (aunque ese criterio se puede discutir).

La pregunta no admite más respuestas

Más respuestas relacionadas