Daños en vivienda con estructura sismorresistente

Me han comentado un problema de un amigo y quizás vosotros podéis darme una solución más o menos apañada. Construyó una vivienda allá por el año 2005 o 2006. En el mismo solar donde se construyo la vivienda tenia otra que tuvo que derribarla debido a grietas existentes en toda la vivienda (ahora se sabe que fue por arcillas expansivas de bajo grado).
A mi amigo le pasaron un informe geotécnico del solar de al lado, al decírselo al arquitecto este le dijo que no hacía falta, puesto que él les había recomendado realizar una estructura sismorresistente (o como se llame) y que esas estructuras no necesitan el informe.
Ahora en 2010 y al estar aún dentro del periodo de garantía de los 5 años, la vivienda ha empezado a rajarse de nuevo. Han estado realizando estudios y han identificado que el problema posiblemente sea debido a las arcillas (ahora con las lluvias las rajas se cierran y con el calor se abren) y que la placa sismorresistente ha podido romperse debido a este problema.
El arquitecto le ha dicho a mi colega que haga un estudio geotécnico y que si salen arcillas expansivas, el no se hace cargo de nada y que entonces tendrá que pilotarla y que cada pilote le costará como 9000 euros. Es muy gracioso porque el informe que le presentaron al arquitecto (y que el devolvió gustosamente porque no hacia falta para su esructura antiseismos) dice que en el suelo hay arcillas expansivas de bajo grado.
¿Quién creéis que lleva razón? ¿Tendrá mi amigo que pagar el arreglo?

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El tema es algo complejo. Creo que primero expondré algunas cuestiones para llegar a una conclusión final. Por un lado, hasta la aparición del CTE no ha existido normativa que obligara a la realización de un estudio geotécnico ni que pruebas había que realizar en el laboratorio para saber el tipo y características del terreno donde se asienta la vivienda. En edificios plurifamiliares se hacia siempre por lo exigía el seguro decenal.
El seguro decenal es aquel que garantiza los vicios ocultos y defectos de la construccción. Este seguro no es obligatorio para las viviendas unifamiliares de promovidas por los futuros dueños (el caso de tu amigo).
La Ley de Ordenación de la Edificación establece que el periodo de garantía de los elementos estructurales y de la cimentación es de 10 años (y no de 5 como comentas en tu pregunta)
El Arquitecto, al menos en Andalucía, está obligado a suscribir un seguro de responsabilidad civil que cubriría las negligencias en sus actuaciones. Este seguro cubre la responsabilidad por los 10 años obligatorios.
Si no he entendido mal, el arquitecto lo que ha hecho es construir una cimentación por losa resistente, lo que suele se común para suelos con baja resistencia, si bien no siempre es recomendable para suelos expansivos y y tipología de viviendas unifamiliares.
El cliente (tu amigo) no tiene porqué saber si la vivienda que se demolió sufría problemas constructivos o las patologías se debían a las arcillas expansivas. Es el Arquitecto el único técnico habilitado para la firma de proyectos de viviendas, por lo que el debería de haber prestado atención a las patologías de vivienda demolida y también al estudio geotécnico facilitado y haber dado una correcta solución a la cimentación de la vivienda.
Por lo tanto creo que el arquitecto deberá responder de las patologías aparecidas en la vivienda (o su seguro). Otra cuestión es que hay que demostrarlo.
En mi opinión, lo que debes aconsejar a tu amigo es que solicite a un arquitecto que tenga mucha experiencia en informes de patologías (arquitectos forenses) para que le haga un informe de las patologías de la vivienda. Con este informe denunciar ante el seguro del arquitecto dichos defectos y si estos no responden o no tiene seguro directamente al juzgado. Todos los colegios de arquitectos tienen una bolsa de trabajo para estos arquitectos forenses ya que es una figura muy demanda por los jueces en este tipo de litigios.
Espero haber aclarado tus dudas. Para cualquier otra cuestión no dudes en responder a esta pregunta.
Muchísimas gracias por tu respuesta. Me lo has dejado bastante claro, mañana por la mañana se lo comentaré a mi amigo a ver si tiene suerte porque lleva un año y algo con este tema y está un poco desesperado. Sé que ha estado buscando información de abogados especialistas en estos temas pero no me comentó nada de arquitectos forenses así que seguramente no sepa ni que exista este tipo de arquitectos.
Muchas gracias de nuevo y si el caso evoluciona de una manera u otra o me plantea alguna pregunta, te la haré saber.
Saludos

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