Trámites para recalificar un terreno rústico

Tengo la opción de comprar un terreno que, consultando en la
Oficina Virtual de Catastro (https://ovc.catastro.meh.es/) aparece como
rústico. Así mismo, las parcelas de alrededor están edificadas desde
hace más de 10 años a pesar de que también están calificadas como suelo
rústico en Catastro. El terreno tiene acceso rodado por una calle (no
asfaltada aún, es un camino viejo), y tiene acceso a los servicios de
electricidad, agua y alcantarillado por lindar con otras propiedades
que ya los tienen. El pueblo, es una aldea muy pequeña de Ávila, y no
tiene PGOU ni planes de realizarlo al parecer.
El terreno está dentro del casco urbano (al menos más adentro de la placa de indicación con el nombre del pueblo en la carretera).
Yo quisiera que el terreno estuviera regularizado y legal para
construir. Desde el ayuntamiento del pueblo me comunican que si quiero
la recalificación, que la solicite y la tramite yo mismo. Me aseguran
que los permisos e informes que dependan del ayuntamiento me serán
suministrados sin problema.
Agradecería que me guiases sobre los pasos, trámites,
costos y tiempos necesarios para efectuar esta solicitud de
recalificación por mi cuenta, ante qué organismos se realizan, y si
realmente yo lo puedo hacer motu propio.

2 Respuestas

Respuesta
1
Para la recalificación de la clasificación de un terreno, el primer trámite que tienes que dar, es el de contratar un arquitecto, ya que se debe presentar un expediente puntual de recalificación y justificarlo en base a la legislación urbanística vigente. Aquí (Vitoria) se suelen cobrar de media unos 1.500 euros por ese trabajo, pero puede ser muy variable.
Esta recalificación se debe presentar en el ayuntamiento (aunque creo que depende uin poco de las CCAA, en todas no es igual), y del ayuntamiento va a la consejería de Urbanismo de la Junta de Castlla y León. Una vez que dan el visto bueno hay una aprobación inicial, una aprobación provisional y una aprobación definitiva, en medio de ellas con publicación el el Boletín Oficial de la Comunidad, por si hay alegaciones. Si todo va bien y no hay alegaciones, en mi ciudad suelen tardar unos 12 meses en todo el trámite.
Pero lo fundamental es que se justifique muy bien la conveniencia de la recalificación de rústico a urbano, o si ya lo fuera, demostrar que ya es urbano con las definiciones que vienen en la legislación urbanística. Sino la Junta de Castilla y León probablemente no lo apruebe, aunque el ayuntamiento te de todas sus bendiciones.
Otra cosa. Si lo pasas a urbano y edificas, lo más normal es que también tengas que urbanizar la calle del frente (por lo menos aquí así es). Enterate en el ayuntamiento que te exigirían.
Muchas gracias por tu respuesta... me ha servido de mucho aunque no me queda claro de que aplique todo a Castilla y León.
De todas formas, quería pedirte una ampliación: en estos días pasados he hablado con el secretario del ayuntamiento al respecto a la posibilidad de construir en la finca como lo han hecho el resto de parcelas de alrededor, y me ha comentado que si la finca está en una vía que se pueda considerar la prolongación de una calle existente, se puede urbanizar (a mi cargo), y se podría construir en una franja de los 20 primeros metros linderos a dicha vía amparado por una ley de la JCyL que es la que se aplica por defecto en las poblaciones sin Plan de Ordenación Urbana. También me comentó que la recalificación de la zona donde están todas estas fincas rústicas no cree que se haga pronto por parte del Ayuntamiento. Mi preguntas sobre esto son ¿Podrías ayudarme sobre dónde buscar dicha ley a la que se refería el secretario? y, aunque el Ayuntamiento no acometa la acción de recalificación de la zona, ¿puedo acometer yo solo la de mi finca? ¿Tendría sentido hacerlo? (De conseguirlo, sería la única finca urbana del "barrio", rodeada por todos lados por fincas rústicas, aunque dentro de la delimitación urbana del pueblo -o por lo menos, dentro de la zona delimitada por el cartel de la carretera con el nombre del pueblo-).
Perdona por el abuso de realizar estas otras preguntas, pero realmente necesito orientación sobre estas dudas, y no sé dónde dirigirme para que me den respuestas o soluciones válidas. Muchas gracias.
Aquí tienes dos direcciones
Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/cl-l5-1999.html
PAGINA DEL COLEGIO DE ARQUITECTOS
http://213.98.63.203/portal/ver_noticia.asp?id_noticias=394&carrito=no&ponerurl=si&ponerfecha=no&ver_otras=si&ver_relacionadas=&precio=no
Lo siguiente que me preguntas depende todo del texto de dicha Normativa, la cual no domino. Si te dejan acometer la construcción a ti solo, es probable que te hicieran urbanizar tu finca, y llevar todas las infraestructuras hasta tu frente de parcela. (Opss perdón) No me acordaba que tu fica ya tenia todos los servicios.
Entonces si se pudiera, es decir, te deje la Normativa Urbanística (tal como te dijo el Secretario), puede que si fuera interesante. Pero para salir de todas dudas deberías consultar a un arquitecto de tu zona, para que te estudie el caso. Pídele antes presupuesto. Solo por el estudio de lo que puedes llegar a hacer en la parcela, aquí en Vitoria, se cobrarían unos 700 euros.
Respuesta
Pues desconozco la normativa de la zona así como los organismos ante los cuales te debes presentar, supongo que sera la junta de castilla y león en su delegación de ávila, lo que si se seguro, es que careciendo de la inclusión del terreno en el plan general lo tines difícil, como consejo pregunta en el ayto o mejor al técnico municipal de la agrupación de pueblos sobre los pasos a seguir o si tienen algún antecedente similar al tuyo.
Lamento no ser de más ayuda, no hace falta que puntúes la respuesta, eso si, ciérrala para que no me continué activa.

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