Altura mínimas por usos

Me gustaría saber qué normativa regula las alturas mínimas libres dependiendo del uso de cada zona, sobre todo en cuartos técnicos, de instalaciones y trasteros... No sé si existe normativa estatal al respecto o directamente es autonómica (sería en Madrid en este caso).

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La altura mimina son 2,2mt para cualquier uso, a partir de aquí son 2,40 para pasillos, recibidores, escaleras, baños y cocinas y 2'70 para habitaciones, comedores.
  Mira las nornas de habitabilidad, el Neufert (no es normativo pero es de lo más lógico posible), o la CTE en el apartado de salubridad.

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