Puesta en marcha ascensor

Somos una comunidad de vecinos con cinco portales con ascensor cada uno de ellos, estos ascensores todavía no se han puesto en marcha y queremos empezar a usarlos, el promotor del edificio nos dice que el alta de funcionamiento de los ascensores lo debemos pagar los vecinos, ¿es eso cierto? ¿O lo tiene que pagar el promotor de su propio bolsillo? Hay alguna diferencia entre dar de alta el ascensor y ponerlo en marcha, ¿son conceptos diferentes o nos referimos a lo mismo?

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El promotor si esta obligado a entregar el ascensor con la revisión obligatoria de industria pasada.

Dar de alta el ascensor es contratar la linea de teléfono obligatoria y la empresa de mantenimiento del ascensor.

La puesta en marcha es accionar el ascensor para que comience a funcionar y lo suele hacer la empresa mantenedora del ascensor.

En principio la comunidad debería hacerlo aunque muchas veces lo hace el mismo promotor.

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