¿Cuántos votos de vecinos se necesitan para cambiar una caldera comunitaria no legalizada?

Vivo en un piso que en la división horizontal no consta que posea calefacción pero el constructor la instalo igualmente. Hace unos años se cambio por una nueva pero sin darla de alta en industria puesto que el instalador nos dijo que donde estaba ubicada industria no lo aceptaría. Es calefacción comunitaria. Ahora algunos vecinos quieren cambiarla a gas natural. El voto de cuantos vecinos se necesitarían para ello, ¿somos 8?.

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Para poder instalarlo sería necesario si el aprovechamiento del gas natural es individual, es decir si lo instalan en su casa, 1/3 de los votos, en su caso 3, pero los que voten en contra no estarían obligados al pago de la instalación ni podrían acceder a ella en el momento que lo hicieran tendrían que pagar la parte que les hubiera tocado pagar actualizada a ese momento. Art. 17.1 LPH

Si el cambio de caldera es a otra para seguir siendo una calefacción comunitaria, al no cumplir la normativa de industria, lo aconsejable es que busquen opciones y elijan una por mayoría, pueden tener una buena multa si siguen en esa situación irregular.

Les aconsejaría que valoren la opción de biomasa que se mucho mas barato el consumo y tiene actualmente subvenciones.

Muchas gracias por contestar tan rapido. Si solo necesitamos tres votos a favor, que ocurre con el resto de vecinos, les dejaríamos sin calefacción?Perdón que sea tan incrédula, es que parece raro que solo con el voto de tres se pueda hacer. Aquí algún vecino es tan cerrado de mollera que prefiere tener una caldera ilegal que poner gas natural y nos amenaza con que hay que ser mayoría y que nunca la vamos a conseguir. Te agradecería me informaras en que articulo de la ley puedo encontrar esto. Nuevamente muchas gracias

En el caso de 3 votos es que ustedes se individualicen de la caldera actual poniendo el gas directamente en su casa, en este caso no tendrían que pagar de la caldera mas que el mantenimiento y ustedes pagarían la instalación a su casa.

En caso que sea un cambio de caldera comunitaria sería con mayoría de cuotas y votos de los propietarios asistentes a la junta figurando el punto en el orden del día por no estar la actual debidamente homologada, pero tienen que instalar una que cumpla todos los requisitos legales y técnicos necesarios.

Mucha suerte y un saludo
Adjunto enlace por si quiere consultar éste u otros artículos de la Ley de la Propiedad Horizontal.
www.optimizo.es/LEYPROPIEDADHORIZONTAL.html

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