Me obligan a pagar un 15% mas de derrama sin estar aprobado en junta de propietarios

Pertenezco a una comunidad de vecinos, los cuales hemos estado haciendo aportaciones mensuales durante casi tres años para acometer obras en fachadas y forjados del edificio.

Como hay morosos, nos obligan a los que ya hemos pagado, a seguir para gando un 15% mas (unos 1000 euros) cosa que no ha sido aprobada en junta de propietarios.

Entiendo que el constructor ha de cobrar, pero lo ideal sería ver cual es la cantidad que resta por pagar y dividirlo por el num de vecinos que somos y en función del coeficiente, en lugar de ese 15% que considero cantidad abusiva y que luego no recuperaré.

Por otro lado, tengo presupuesto del contratista y el contrato final firmado y las cantidades no coinciden. Se aprobó en junta 390.000 (sin iva) y lo firmado supera los 465.000 (iva 10% incluido), mas licencia de obra y dirección técnica, lo que hace un total de 512.000.

Ademas, de la derrama de forjados, que fue en 2012, hubo superávit de unos 1200 euros por apartamento y pretenden también que paguemos (nos pasaron recibos hasta la cantidad de 3.000 euros) un 15% adicional para cubrir mororos. Pero si hay superávit.. ¿cómo se supone que hay mororos?

Mi pregunta es: puedo oponerme al pago de ese 15% ya que no se ha aprobado en junta de propietarios. En el acta simplemente se recoge que se ha acordado una previsi on del 15% sobre el presupuesto, pero claro... ¿sobre cuál? Porque a mi no me coinciden las cantidades por ningún lado.

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Si la derrama no se ha aprobado en junta de propietarios no le pueden exigir el pago, mandeles un escrito con acuse de recibo en el que les inste a no reclamarle una derrama que al no ser aprobada en junta de propietarios no es legal, ni le puede generar obligación de pago.

La derrama si está por supuesto aprobada en junta, lo que no se ha acordado en ella, es ese 15% extra a pagar por los pro pietarios para así tener un fondo de provisiones para usarlo en caso de que haya morosos, cosa que como he dicho, sí que los hay. El pero, es que el importe de la deuda de morosos es muy inferior a ese 15% que quieren que paguemos de mas por cada piso. Por eso es la pregunta... ese 15% que ellos dicen que para tener un fondo de provisión para hacer frente a los impagos d elos morosos.... si no se ha acordado en junta... debo pagarlo????

Me refiero que se debe aprobar en junta tanto la derrama como ese 15% para cubrir la deuda de los morosos y si no se aprueba no tiene ni validez ni obligación de pago, la prueba es que para denunciar una deuda comunitaria hay que justificar que existe y si no se ha aprobado en junta no puede demostrarse.

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