Comunidad de propietarios

En una comunidad de propietarios que ha fallecido uno de ellos, tiene cuota sin abonar, los herederos no quiere hacerse cargo de dicha deuda, como se le puede reclamar, y contra quienes.

Respuesta
1

La reclamación es contra el propietario registral y si este a fallecido (lamentablemente y condolencias para la familia) se reclama a los herederos solidariamente.

Hola: Le agradecería me dijera todo el proceso para reclamar la deuda si solo conocemos el domicilio de un heredero.
Gracias.

Pues el procedimiento es el monitorio.

Se aprueba la liquidación de la deuda en el acta.

Se envía copia certificada del acta al deudor.

Luego se envía certificación de la deuda al deudor.

Si la recibe se presenta monitorio en el juzgado

Si no la recibe se pone durante 3 días en el tablón de anuncions de la comunidad la certificación de la deuda y porque se pone ahí.

Y luego se envía al juzgado como prueba en el monitorio.

Un saludo.

Recomiendo se contrate un abogado para dicho trámite si nunca lo han hecho.

1 respuesta más de otro experto

Respuesta
1

Las cuotas sin abonar tienen la concepción de deuda. Y como determina el Código Civil, las deudas forman parte del caudal hereditario. Por lo tanto, son los herederos los que han contraído la deuda, y es a ellos a los que hay que reclamar esas cantidades.

Un saludo.

SI la respuesta ha sido útil, le ruego la valore positivamente.

Puede visitarnos en www.adfinproasesores.es

Hola: Le agradecería me dijera todo el proceso, para reclamar la deuda si solo conocemos el domicilio de un heredero.
Gracias.

En primer lugar, deberán votar en junta el acuerdo por el cual se proceda a la reclamación de las cantidades. Una vez requerida la deuda a los herederos (al que tenga conocimiento de su domicilio) mediante burofax, deberán acudir a los tribunales. Si la cantidad es inferior a 2.000€, se podrá acudir al proceso monitorio, sin necesidad de abogado ni procurador, presentando los recibos impagados y certificaciones de los emitidos por el administrador. (Si es superior la cantidad, deberán tener abogado y procurador).

El procedimiento es presentar la solicitud al juzgado con:

- La identidad del deudor.
- Tu domicilio o domicilios y del deudor, o el lugar en que residan o puedan ser localizados, y el origen.
- La cuantía de la deuda.
Deberás acompañar tu petición de la documentación los documentos antes mencionados.

Un saludo.
SI la respuesta ha sido útil, le ruego la valore positivamente.
Puede visitarnos en <a>www.adfinproasesores.es</a>

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas