Impugnación de una junta de propietarios.

¿Como se impugna una junta, si el proceso es muy largo, ante que organismo o donde se impugna, que se necesita, si lleva algún coste?

Respuesta
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¿Lo qué pretende es impugnar un acuerdo de la Junta de Propietarios? Si es así, se debe hacer mediante Juicio Ordinario solicitado ante los Juzgados de Primera Instancia de su localidad, con abogado y procurador. El plazo es de 3 meses desde que se tomó el acuerdo, o 1 año si es una acto contrario a la ley o los estatutos. La duración del proceso es difícil de determinar, dependerá mucho de la saturación de los tribunales, y de la agilidad de los abogados. El importe de la impugnación, dependerá así mismo de los honorarios de abogado y procurador, de si debe presentar algún tipo de peritaje, y además, debe tener en cuenta las recientes tasas judiciales. Le recomiendo que haga una consulta a un abogado, para que puede indicarle con más exactitud los gastos, pero sobre todo, las probabilidades que tiene de que su pretensión tenga éxito.

Lamento no poder ser más explícito, pero darle plazos y cifras sería orientarle de forma errónea, ya que depende como le indico de numerosos factores. También le recomiendo, que consulte, si lo tiene, el seguro de su casa, porque podría cubrirle la asistencia jurídica. Así mismo siempre puede consultar las condiciones de acceso a la justicia gratuíta.

Un saludo.

Si la respuesta ha sido de utilidad, le ruego la valore positivamente.

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