Única residente de un bloque: ¿Cómo debo obrar?

Se me ha olvidado pedir antes una aclaración: ¿Puedo yo adelantar el dinero para dar las altas necesarias (ya que me han dicho que al menos se tardará un mes en constituir la comunidad dadas las fechas en las que estamos) y pasarlas luego a los propietarios en la primera junta de la comunidad?

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No hace falta que pase un mes para constituir no se tarda tanto ni mucho menos, convoque la junta puede hacerlo con un tiempo de una semana o menos si es muy urgente.
En ella cuente la situación de la comunidad y establezca una derrama a pagar por los vecinos para cubrir esos gastos urgentes, así evitara problemas.
Puede también adelantarlo usted pero puede tener problemas para cobrarlo o retrasos es una decisión que depende de usted, aunque para adelantar siempre hay tiempo intente la primera opción por si tiene que adelantar algo después.
El problema, me ha dicho el administrador, es que estamos en agosto y todo se retrasa más y hasta septiembre probablemente no podrá hacerse. Y parece ser que son necesarios el libro de actas sellado por el registro y el CIF de la comunidad para al menos poder realizar la primera reunión de constitución de la comunidad.
Pero, aunque todo ello fuera cierto y yo accediese a adelantar ese dinero de las altas, mi pregunta es: ¿Tengo qué hacerlo a titulo propio y dar mis datos y un número de cuenta mío? ¿Qué consecuencias podría tener eso a la hora de constituir la comunidad y sus cuentas propias? ¿O en realidad no es necesario hacerlo de ese modo?
Se puede hacer la junta en la que se autorice a hacer el CIF y a diligenciar el libro de actas en el registro y para ello establecer una provisión de fondos de los vecinos, o pagarlo alguien y luego pedirlo el problema es que luego se desentiendan de pagárselo a usted, tendrá que entrar en dimes y diretes para cobrarlo. Lo normal es hacer la junta y establecer provisión de fondos acordar que servicios requiere la comunidad y la autorización de búsqueda de presupuestos en la siguiente ya aprobaran los servicios elegidos y llevaran todo al libro de actas.
Hacienda suele tardar unos 15 días y el registro una semana puede que demore un poco más pero no hay problema en hacerlo antes.
Muchas gracias por sus aclaraciones y consejos. A fuer de resultar un poco pesada, me gustaría pedirle un par de aclaraciones más:
a) Por lo que me ha recomendado en el último mensaje, ¿he de deducir que es necesario llevar a cabo una junta previa para consensuar el registro de l libro de actas y la petición del CIF? Se lo digo porque, como me aconsejó llevar a cabo los trámites para constituir la comunidad lo más pronto posible, así lo he hecho sin convocar a nadie, también presuponiendo que sería complicado dada la gran posibilidad de que mucha gente estuviese de vacaciones. ¿Supone algún problema el que lo haga yo? En la asesoría me dijeron que no.
b) Tiene alguna idea de cómo responden las empresas filiales de los bancos que adquieren estos inmuebles a la hora de pagar los gastos de comunidad. Lo pregunto porque espero no encontrarme con el mismo comportamiento de los constructores y no tener problemas.
c) ¿Puedo convocar esa reunión con los propietarios mientras se van gestionando los trámites de registro y petición del CIF? Es necesario o aconsejable hacerlo. Es por la ya mencionada posible dificultad de contactar con ellos en agosto y la consiguiente demora de los trámites.
d) Ni me lo había planteado con anterioridad, ¿pero es posible que algún/os vecino/s se opongan a la constitución de la comunidad y que no pueda crearse por dicho motivo?
a) No hay problema ninguna de las dos opciones elija la que quiera, si lo hace usted solo se arriesga a que le pongan pegas o tarden en darle el dinero adelantado.
b) Depende de la solvencia de la empresa, hay algunas cajas o bancos que ponen problemas porque no están pasando un buen momento, otros pagan sin más, en cualquier caso como le aconseje anteriormente es bueno que las gestiones las haga un profesional en nuestro caso hemos conseguido que paguen entidades financieras que antes de llegar nosotros no lo hacían.
C) Perfectamente puede hacerlo, yo le aconsejaría empezar lo antes posible si no están todos no hay problema lo importante es convocarles luego que cada uno decida ir o no es su problema.
d) Se podrán oponer lo que quieran pero no podrán evitarlo con el Cif y el libro de actas ya esta constituida.
Hola de nuevo.Mil mgracias por sus respuestas y la rapidez de las mismas. Pero siguen surgiéndome dudas cuando me van dando más información. He preguntado en la asesoría y me han dicho que en general los bancos están respondiendo bien y sin problemas, pero que pueden tardar meses en hacerlo.
Parece ser que la venta del constructor a una empresa madrileña filial del banco se va a producir a lo largo de este mes. Si ese fuera el caso, para la fecha de constitución de la comunidad y acuerdo de pagos etc... ya serían ellos los propietarios. Me dicen en la asesoría que se suelen presentar los documentos que piden para asumir los gastos de la comunidad a la entidad bancaria y ellos lo tramitan para que estos se efectúen y por ese motivo pueden tardar meses.
Por tanto, me cuestiono:
-Si la venta se efectuase realmente en este mes, ¿podría yo exigir el nombre de la empresa para que un representante suyo fuese convocado y se presentase en la reunión de constitución de la comunidad (el piso se encuentra en una población de la provincia de C. Real) y así acelerar los pagos y derramas necesarias?
- Y si no pudiera hacerse de ese modo, o el convocado no se presentase, ¿qué sucedería? Tendría yo que responder (ya que no creo que el resto de los propietarios que no residen aún en el bloque se presten a repartir los gastos pues no les es urgente como a mí) ) a los recibos y derramas de sus pisos mientras ellos no pagasen. No creo que tuviera dinero suficiente para hacerlo durante meses. Qué puedo hacer mientras tanto, ¿entonces? ¿Cómo tendría que proceder? ¿Cuáles son las opciones y consecuencias?
Muchísimas gracias de antemano.
A la junta solo pueden asistir propietarios hasta que no lo sean no puede solicitar nada, tampoco creo que vaya a ir nadie del banco hasta que no compren el piso de todos modos seria ilegal que fueran, y no supondrá ningún avance.
Si usted convoca a todos y solo va usted lo que usted decida esta aprobado por mayoría, seria en todo caso problema de quien no fue no suyo, lo decido si esta válidamente convocado es obligatorio para todos.
Hola. He estado sin ordenador y no he podido pedir una aclaración. Pero me sigo planteando quién tendría que responder de las decisiones tomadas por la comunidad y si el banco tarda en pagar, cómo y quién tendría que asumir los gastos de luz, ascensor...
No entiendo muy bien que quiere decir con responder a las decisiones tomadas por la comunidad. Todos los propietarios responden de las decisiones tomadas por la comunidad y si le banco tarda en pagar los gastos los tendrá que asumir la comunidad y si no hay fondos realizar una derrama entre el resto y luego cuando paguen podrían bajar la cuota para compensar.
Perdone seria mejor ir cerrando las preguntas y hacer nuevas porque esto es un lio.
Muchas gracias por todo. Sé que todo esto puede resultar un lío, porque yo misma estoy liada y confusa y sin saber cómo hacer las cosas bien. Todo lo que le he preguntado parte de la base de que soy, hoy por hoy, la única persona que vive en el edificio y, por tanto dudo de que los tres propietarios resatantes estén dispuestos a hacer derramas.
Con todo, reitero mi agradecimiento por sus consejos y paciencia. Un saludo.

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