Cambio del pago de las cuotas

Hola, en mi comunidad se lleva pagando más de 30 años la comunidad y los recibos extras a partes iguales. Ahora en la comunidad hay que pagar una serie de recibos extras de importante cantidad, cómo son el ascensor, crear un parking y otra serie de arreglos. La cuestión es que ahora una serie de vecinos quieren que se paguen estos recibos por coeficiente. Y dicen que se acogen a Ley Horizontal y que no hace falta que estén de acuerdo los demás vecinos. Además sólo quieren cambiar los recibos extra y no la cuota de la comunidad.
¿Me pueden obligar a pagar a partir de ahora por coeficientes sólo los recibos extras? ¿Me puedo negar alegando que se lleva pagando a partes iguales más de 30 años? En caso de que me obligaran, ¿puedo exigir ciertos beneficios, cómo es tener una plaza de parking más grande? O ¿En las votaciones que mi voto fuera mayor por ser mi coeficiente de participación mayor?
Muchas Gracias
Respuesta
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Debería consultar las actas de su comunidad a ver si se establece un reparto distinto al que aparezca en escrituras, si no existe dicho acuerdo perfectamente le pueden obligar a cumplir la ley siempre y cuando este sea el reparto establecido en la escritura de división horizontal que suele ser lo normal.
La ley también le reconoce a los que tienen mayor cuota este impacto en las votaciones y dependiendo del tipo de acuerdo establece determinadas mayorías que deben ser en numero de vecinos y en porcentaje de participación con lo que ya esta establecida la contraprestación por pagar más. Puede pedir todo lo que quiera aunque no creo que se lo den, si lo consigue y se lleva a acta sera válido sino tendrá lo que establece la ley.
Buenas, en primer lugar muchas gracias por la contestación. Quisiera que me aclararas una cuestión. Y es que en una de las actas se acuerda que se pagará a partes iguales un recibo extra, el cual ya ha sido pagado. Pero no indica que se pagarna a partes iguales todos los recibos extras.
Serviría dicho acuerdo como precedente o no.
Muchas gracias
Si el acta en su redacción establece que solo es para un recibo concreto el resto se seguirá pagando por el reparto habitual de la comunidad.

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