Comunidad mal organizada, ¿Nos pueden denunciar?

Nuestra comunidad la forman dos portales de un solo edificio pero las comunidades están constituidas de manera independiente. En mi comunidad se ha denunciado al vecino dueño del local comercial por no pagar durante más de 10 años ningún tipo de gasto. Ha realizado un depósito en nuestra cuenta bancaria, siguiendo instrucciones del juzgado. Lo primero es que se persona con su abogado para llegar a un acuerdo antes del juicio, en lugar de por la cantidad reclamada (¿18.000?) Por la calculada por su abogado (6. ¿000?) Y nos presiona argumentando, que de no llegar a ese acuerdo, nos denunciará ya que nuestro presidente (persona que ha llevado siempre la comunidad), no cuenta con documentos que justifiquen cada uno de los pagos, no tiene actas firmadas por los propietarios y alguna cosa más que se me escapa. Mi pregunta es, ¿sería conveniente comprobar todo esto con otro abogado antes de llegar al acuerdo, o es verdad que por no justificar nos puede denunciar? ¿Tenemos la obligación de llevarlo todo perfectamente organizado? ¿Es cierto que el dueño del local no tiene obligación de pagar todos los gastos por no acceder al portal?

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La comunidad esta sometida a la ley de propiedad Horizontal y debe cumplirse tener un libro de actas en el que se refleje lo ocurrido en las juntas pero no deben firmarlas todos vecinos si no el presidente y el secretario (si no hay secretario o administrador el presidente también asume sus funciones) en virtud del Art. 19.3 LPH
Esta claro que deberían justificarse los pagos sobre todo por la seguridad de la comunidad lo que la ley obliga es ha guardar la documentación de la comunidad al menos los 5 últimos años en virtud del Art. 20 e).
Evidentemente yo solo le puedo explicar la ley para poder valorar su situación concreta es necesario poder analizar la documentación y todos los detalles con lo que como bien dice deberían consultar a un abogado y que sea este el que trate con el otro abogado para evitar que se aprovechen del desconocimiento de la ley y que puedan perder el juicio por algún defecto de forma (esto ocurre muchas veces por ahorrarse un profesional)
Tienen obligación de cumplir la ley de propiedad horizontal con lo que lo ideal es que tengan un administrador que les lleve la comunidad pero si no quieren hacerlo (les evitaría muchos problemas como estos) al menos deben conocer la ley y cumplirla.
Para saber si el local tiene obligación o no de pagar los gastos de portal hay que acudir a lo que establezca la escritura de obra nueva o división horizontal, allí es donde se establece que porcentaje debe pagar cada propietario y en caso de exoneración de algún gasto debe estar reflejado allí. Otra posibilidad es que se haya decido en junta por unanimidad de todos los vecinos. Aquí deberían consultar el Art. 17 LPH
Si no tienen un abogado de confianza que lleve estos temas ponemos a su disposición nuestro departamento jurídico para concertar una cita y realizar una consulta y si fuera necesario llevarles las gestiones con el otro abogado y /o el juicio.

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