Vecinos coaccionados por la Junta de Gobierno

Al no estar presente el día de la Asamblea/Junta resulta que salió elegido la instalación del ascensor. Comentando con otros vecinos, muchos de ello, o bien habiendo estado presentes y habiendo votado en contra, así como los no asistentes a la misma, han sido amenazados por la Junta de Gobierno con cosas como que si no pagan la derrama le quitamos el piso. La ignorancia no exime de las obligaciones, pero ocultar a los vecinos, ¿ancianos de sus derechos? El otro día le entregan a una vecina dos recibos grapados, la comunidad ordinaria y la derrama que estamos viendo si nos juntamos para impugnarla. Cuando solicita que se le separe los recibos que sólo va a pagar la Comunidad ordinaria, le dicen que eso no es posible, que esto va grapado y es obligatorio el pago.
Pero si estamos poniendo en conocieminto a la Junta de que se va a impugnar el Acta, cómo es posible que jueguen con la ignorancia de las personas.
¿Hay alguna manera de hacer algo?

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Lo que esta haciendo la junta de Gobierno es totalmente ilegal y deberían tomar medidas, pueden:
-Lo más rápido es convocar una junta ustedes mismos con el 25% de los votos o de las cuotas y cambiar la junta de gobierno en virtud del art. 16.2 LPH deben incluir el cambio en el orden del día, informar a los vecinos de todas las irregularidades que están cometiendo y someterlo a votación, solo necesitan en la misma mayoría simple de cuotas y votos.
Si no se presentan a la junta pueden nombrar secretario y presidente provisional para la firma del acta y una vez firmada los acuerdos tomados son totalmente ejecutivos.
-La siguiente acción es tomar medidas legales en el juzgado, si han cambiado previamente la junta de gobierno las puede tomar la propia comunidad contra ellos, como siempre obteniendo la mayoría en junta para ello.
Les aconsejo que si están en manos de unas personas capaces de actuar como comenta muévase con sus vecinos para cambiar de junta por otra que cumpla la ley sin amenazas y coacciones.
Por otro lado la decisión de impugnar el acuerdo también pueden realizarla en virtud del art. 18 LPH.
¿Y cómo se demuestra la ilegalidad? Es la palabra de un vecino contra el otro. Y todo por lo mismo por lo abusivo que ha sido la manera de aprobar la instalación del ascensor. En el Acta no figura que hubiera gente que haya propuesto hacerlo no por coeficientes, si no gradualmente por el uso. Hay comunidades que lo han decidido así, el bajo paga menos que el del 4º.
Se han agarrado a lo que dice la LPH que es por coeficientes y claro conveniene más, ya que los locales llevan el coeficiente más alto y como la Ley contempla que da igual si te beneficias o no, tienes que pagar, pues pagas 950 E más que cualquier otro vecino, que lo usa en mayor o menor grado.
Pero en ningún sitio pone que tenga que ser obligatoriamente por coeficientes, pero así se les ha confirmado.
La ilegalidad se demuestra con pruebas si no las hay es difícil pero también se evita informando a la gente de sus derechos y cambiando la junta si actúa mal, si el acta esta mal redactada debe mandarse un escrito con acuse de recibo exigiendo que se subsane el error y si no se hace ir al juzgado.
Seguro que si se están agarrando a los coeficientes es porque así lo determina la escritura de división horizontal pero muchas veces allí también se exime de determinados gastos como los del ascensor a los locales, lo que debe hacer es consultar dicha escritura y si no lo se la dejan acuda al registro de la propiedad y pida copia simple no es muy cara.
En cambio para cambiar la forma de pago establecida en división horizontal tiene que ser por unanimidad en virtud del Art. 17.1 LPH (al igual que si en escrituras el local estuviera exento para cambiar esto seria por unanimidad) eso no se puede interpretar es lo que es y si coeficientes es la forma establecida en escrituras y no hay otro acuerdo posterior en estatutos o acta (igualmente por unanimidad no se puede cambiar) sin unanimidad no se puede cambiar.
Adjunto enlace por si quiere consultar éste u otros artículos de la Ley de la Propiedad Horizontal.
www.optimizo.es/LEYPROPIEDADHORIZONTAL.html]http://www.optimizo.es/LEYPROPIEDADHORIZONTAL.html[/url]

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