Cuentas anuales e irregularidaes de formalización

Me gustaría que me pudieses ayudar en asuntos que se están produciendo en mi comunidad y son:
1.-En la Junta anterior fuimos nombrados como auditores de cuentas y detectamos irregularidades contables. La asamblea no aprobó las cuentas anuales, recomendándose una auditoría externa y cuando recibimos copia del acta de dicha junta en el punto indicado no se menciona y se omite claramente que se No SE APROBARON las cuentas anuales y además indica una votación falsa inexistente en dicho punto(se manipula).
Nosotros hemos entregado un escrito indicado dichas irregularidades, que en caso contrario a nuestra petición diera por impugnada la copia de acta entregada a los propieatrios y que se vuelva a entregar un anexo a la copia de acta corrigiendo dichas erratas y no se ha producido ya que en breve se celebrará la Junta General anual donde incluso hemos solicitado que se introduzca este punto en la Junta próxima y recibida dicha convocatoria no sólo no se ha introducido nuestra petición de aclararlo sino que incluso se confirma que no ha habido impugnación alguna.
Como consecuencia el anterior administrador dimitió y el presidente ha introducido un nuevo administrador sin convocar una Junta extraordinaria para dicha elección, el cual tiene acceso a multitud de datos confidenciales de la propiedad. Creemos que dicha Junta no se puede celebrar porque el nuevo administrador no puede asistir a la asamblea ya que nadie lo ha elegido en Junta extrordinaria tras la dimisión del anterior.
2.-Cuando en una Junta general los propietarios indican que conste en acta lo que manifiestan. Una vez recibida la copia del acta no vemos reflejados lo que hemos solicitado que se haga constar.
¿Qué podemos hacer? Muchísimas gracias!
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Voy a intentar simplificar el tema de forma que les sea lo más fácil y barato posible.
Mi consejo es que reúnan el 25% de los votos o las cuotas en virtud del Art. 16 LPH y convoquen una junta para destituir al presidente y renovar los cargos eligiendo otro vecino que sea "normal", en la convocatoria de la junta. Una vez cambiado el presidente pueden impugnar la junta o llegar a acuerdos que figuren en acta que aclaren la situación.
También pueden mandarle escrito solicitando de nuevo al presidente que corrija el acta o se verán obligados a tomar medidas legales contra el por falsificación de documentos y solicitar daños y perjuicios pero si el sigue de presidente seguirá haciendo lo que quiera y tendrán que hacerlo a nivel particular y si han cambiado al presidente puede ser la comunidad la que actúe contra el si así lo deciden en junta.
El administrador es el secretario de la comunidad y como tal tiene que ser elegido en junta, no puede ponerlo el presidente.
Para impugnar la junta tienen que acudir al juzgado y tienen un plazo de 3 meses desde que recibieron el acta en virtud del Art. 18 LPH.
2- Como le dije antes mandar escrito para que se cambie y si no queda el juzgado.
Adjunto enlace por si quiere consultar éste u otros artículos de la Ley de la Propiedad Horizontal.
http://www.optimizo.es/LEYPROPIEDADHORIZONTAL.html
Si necesitan ayuda para realizar la convocatoria podemos asesorarles e incluso si necesitan presupuesto para administrar la comunidad nos ponemos a su disposición, nuestros clientes gozan de consulta gratis en nuestro departamento jurídico.
Un saludo
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Optimizo Administración de Fincas
En Optimizo transformamos su comunidad
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