Acceso ascensor

Hola, muchas gracias por tomaros el tiempo de contestar a tanta gente.
En mi edificio quieren instalar un ascensor. El edificio tiene dos entradas. El ascensor se va a instalar en la parte trasera del edificio donde hay una puerta que daría acceso directo al ascensor. Para que desde la otra puerta del edificio haya acceso al ascensor sin tener que subir ningún peldaño tiene que hacer una obra considerable. Si por una de las puertas ya conseguimos el acceso al ascensor, ¿pueden mis vecinos obligarme a modificar el portal para que las dos puertas tengan acceso?
Muchas gracias.

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Aplicando la normativa de accesibilidad, si se da al cien por cien de los posibles usuarios la facilidad de acceso, entiendo que no sería obligatorio; es decir, si las ambulancias y demás vehículos tienen acceso a esa primera calle, si es transitable para sillas de ruedas, coches de ebebes, invidentes, etc, considero que no sería obligatorio. Si esa calle sin embargo no permite el acceso de vehículos o demás mencionados, tendrían que plantear la obra.
Eskerrik asko zure laguntzagatik.
¿Creo qué eres Euskaldun no? Una preguntita más, podrías decirme el nombre de un abogado experto en estos temas. Si tu lo eres perfecto.
Eskerrik asko,
Itxaso
(xxxxxx)

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