Trasteros

Nos compramos un piso hace cinco meses.
No existe comunidad de propietarios formada.
Según el antiguo propietario cada uno se repara sus males.
En la parte de arriba esta la terraza y en la escritura del piso solo habla de cuota de participación de zonas comunes.
En el edificio hay cuatro pisos y en la terraza existen tres trasteros. El antiguo propietario nos dijo que uno de ellos pertenecía a nuestro piso pero que esto se debía discutir con el resto de vecinos y eso no pensé pero me hizo desconfiar. Incluso me indico cual era el que nos correspondía. Tenía una puerta de madera que cualquiera podía abrir.
Hoy he subido a la terraza y he visto que en el trastero que correspondía a "nuestro piso" han puesto una puerta nueva y esta cerrada.
La comunidad de vecinos como tal no existe y entre todos nos repartimos los gastos de luz de escalera y limpieza de la misma.
Se supone que en ninguna de las escrituras de ninguno de los piso existe el trastero.
De los cuatro pisos: tres están ocupados y otro esta embargado por un banco y puesto en venta.
Hablo con el primer vecino que lleva poco tiempo: Me dice que ha sido la otra vecina que ha puesto la puerta en el trastero y que según ellos es comunitario. Además me hablan que tienen goteras debido a la terraza y que el resto de vecinos en su día le dijeron que se lo tenía que arreglar él porque era su problema. Que en este edificio cada cual tiene que arreglar lo suyo.
Me dirijo a la otra vecina: Me confirma que hay tres trasteros y que uno es propiedad suya, otro del piso en venta y el tercero era comunitario pero que lo ocupaba anteriormente el dueño del piso donde vivo. Que cuando se construyeron los trasteros no quiso saber nada y dijo que no le interesaba.
Que al que ha puesto la puerta era comunitario y que lo lleva limpiando desde hace diez años, que tuvo que quitar una plaga de ratas, limpiarlo siempre ella y que nadie participó en los gastos. Que eso le ha llevado muchos gastos en productos de limpieza y desratización y que se lo ha quedado ella debido a esos gastos durante tantos años.
Yo no quiero pelearme con nadie pero a mi también me gustaría tener un trastero o no hacer de tonto y que la vecina se quede el comunitario. No veo justo que uno tenga dos y otro nada. Además decicidir unilateralmente quedarse el trastero no creo que sea justo.
Es una edificio antiguo de más de treinta años.
¿Puede quedarse la vecina con el trastero comunitario? Entiendo que ese trastero no corresponde a nuestro piso como privativo.
¿Tiene qué pagar el vecino de arriba con los daños de las filtraciones de la lluvia de la terraza?
¿Tengo qué olvidar del tema y pensar que yo no tengo derecho de nada a los trasteros?
Otro tema es la antena. Aquí cada uno tiene una antena. Pero yo necesito poner unos vientos a la mía para que no se caiga. Los vecinos me han dicho que no hay problema pero si el asunto anterior se complica con uno de los vecinos se meterán con eso ¿Qué puedo hacer?
Creo que demasiadas preguntas.

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Permítame en primer lugar, uffffffffffff. Vamos por partes.
Lo 1º que le puedo decir es que, si hay copropietarios y elementos comunes como el "trastero comunitario", hay comunidad; ademas de por supuesto, la escalera por la que suben, el tejado que les resguarda, las paredes que les protegen, etc; ademas, están pagando a "escote" limpieza y luz: hay comunidad. Quiero decir, que una cosa es que, hasta la fecha no se hayan realizado los trámites legales para constituir una comunidad y otra cosa es que no exista. Porque o eres, la finca se entiende, comunidad de propietarios horizontal o eres una finca vertical.
En 2ª lugar, reúna a los copropietarios y realicen "Junta de Constitución de la Comunidad de Propietarios de la Finca x"; formularios de convocatorias hay en internet. · Puntos en el orden del día: 1. constitución de la comunidad de propietarios, 2. nombramiento de presidente y administrador, 3. acuerdo de legalización de Libro de Actas, 4º. Solicitud de nº de identificación fiscal y 5º. Apertura de cuenta corriente de comunidad a nombre de la comunidad con su propio cif.
Le recomiendo que, o busque bien en páginas para que redacten el Acta correctamente y no les echen atrás la documentación o contraten aun profesional, pues tienen que pasar por registro de la propiedad, hacienda y banco.
En cuanto a las cuestiones, 3º;
- La ley obliga a constituir comunidad, con responsabilidad jurídica como persona ídem. ¿Y si mañana cae un trozo de fachada a un peatón? ¿Se creen que por no existir, no hay responsabilidad? Les conviene ademas, ser comunidad de propietarios les otroga seguridad jurídica, pues es responsable una comunidad y no personas físicas.
- La ley no obliga a tener asegurada la finca; en los seguros de vivienda ya cubren, se supone, la parte proporcional de elemento común que a cada uno le corresponde. Pero es muy recomendable pues se cubren las espaldas si algún vecino no tiene seguro propio.
- Si no consta en escrituras, no hay trastero, pero ni suyo ni de la vecina lista, porque, si no hay comunidad, ¿dónde constan los acuerdos sobre reparto y/o uso de los trasteros, o que los limpiaba fulano o mengano? Una vez constituida Comunidad, aclarar este asunto y que conste en Acta el uso que se le de. Quien reclame que demuestre en escrituras su propiedad o usufructo.
- Al margen de constitución o no, los elementos comunes son elementos comunes, luego si la terraza es comunitaria y en ningún sitio (no hay libro de Actas) dice que deba hacerse cargo particularmente fulano, es asunto comunitario.
- Con respecto a la antena, no se preocupe desde el punto de vista legal, claro; la ley de telecomunicaciones le ampara y no pueden negarle jamas la instalación de la antena de tv. Pero si constituyen comunidad, por favor, pongan una colectiva con TDT y quiten ese campo de setas que tan peligroso es para el mantenimiento de los tejados y solariums...
Aunque me he extendido quizás en exceso, espero haberme sabido explicar. Ya se que quieren evitar gastos pero para la constitución y poner en marcha todo, permítame que SI le recomiende la contratación de un profesional de la administrcion de fincas pues son trámites complicados y que sobre todo, requieren invertir mucho tiempo.

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