Cuotas de participación

Vivo en una finca de 8 viviendas desde hace 3 años y medio. Desde el primer mes siempre he pagado la misma mensualidad que el resto de vecinos, aunque mi cuota de participación es del 11,05%.
La finca necesita la sustitución de la instalación eléctrica comunitaria. Algunos vecinos quieren que todas las viviendas paguen la misma derrama, haciendo caso omiso a las cuotas de participación de cada una de las viviendas.
Mi criterio es que tanto las cuotas mensuales como las derramas deben hacerse atendiendo a la cuota de participación de cada vivienda.
Las cuestiones son: ¿Estoy acertado en mi planteamiento?. Si es así, ¿Cuál es el procedimiento que se debe seguir para que cada vivienda pague las cuotas mensuales y las derramas en función de la cuota de participación?, ¿El hecho de que siempre se hayan hecho los pagos a partes iguales, tanto mensuales como derramas, significa que deba seguir haciéndose así?, ¿Podría reclamar el dinero pagado de más desde que vivo aquí?, ¿Es necesaria la unanimidad para que comiencen a hacerse los pagos acordes a las cuotas de participación?, ¿El presidente tiene la obligación de convocar una reunión para proceder a la votación del cambio de criterio de pago?.

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Cuando se reúnen en Junta Ordinaria y aorueban el presupuesto para el siguiente ejercicio también aprueban las cuotas en base a ese presupuesto. En ese momento tiene que indicar que el reparto se debe hacer por coeficientes ya que no esta de acuerdo en que se reparta de partes iguales.
Como no hay unanimidad se debe realizar el reparto según dice la ley de propiedad horizontal: Por COEFICIENTES.
Las cuotas anteriores ya fueron aprobadas, por lo cual no procede la reclamación.
Para la obra pasa lo mismo, exija que se realice por coeficientes.
¿Cuándo y cómo hay que hacer la junta ordinaria?
¿Y si la gente no quiere votar o levantar acta, como ocurrió en la última reunión cuando yo exigí empezar a pagar por cuotas, puedo yo por mi propia cuenta empezar a pagar lo que me corresponda por cuota de participación? ¿Cómo debería proceder en este caso?
Gracias de antemano.
Es obligación levantar acta de las Juntas que se celebren. Es una obligación del secretario y del presidente. Si no hay acta es como si no hubiera acueros que cumplir.
La Junta ordinaria se tiene que celebrar una vez al año. En la junta debe aprobarse el presupuesto y las cuotas.
Si no aceptan el reparto por coeficiente, indique su disconformidad en la Junta y que se refleje en el acta añadiendo que "salva su voto".
No pague nada, pero guarde la cantidad que se haya acordado. Cuando le reclamen judicialmente las cuotas (si llega el caso), usted depositara el dinero en el juzgado y aclarara su postura. Y sera el juez quien dictamine quien tiene razón. Con las reservas que caben en el tema, le puedo aseguarar casi al 100% que le darán la razón a usted.

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